Notificación de tutela: 11001-31-05-045-2026-10190-00
Notificación de tutela:
11001-31-05-045-2026-10190-00
El Juzgado 45° Laboral del Circuito de Bogotá D.C., mediante providencia del 08 de septiembre de 2026, admitió la acción de tutela promovida por Elizabeth Rojas Vanegas contra la Procuraduría General de la Nación y la Universidad de Antioquia.
La accionante, Licenciada en Lenguas Modernas de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, considera que se vulneran sus derechos fundamentales al debido proceso administrativo, a la igualdad, al acceso y desempeño de cargos públicos, al trabajo y al mérito, debido a que la Convocatoria No. 214 - 2026 para el cargo de Profesional Universitario 3PU-18, adscrito a la División de Gestión Humana, restringe los requisitos de estudio a una lista cerrada que excluye su título, a pesar de que el Manual Específico de Funciones (Versión 10) habilita expresamente el área de conocimiento de "Ciencias de la Educación" para dicho cargo.
La accionante denuncia que la plataforma de inscripción www.meritoconstruyendoexcelencia.com.co no tiene parametrizada el área de "Ciencias de la Educación" para las vacantes de nivel Profesional Universitario 3PU-15, 3PU-17 y 3PU-18, lo que le impide físicamente seleccionar su área de estudio y la expone a un rechazo automatizado en la fase de Verificación de Requisitos Mínimos (VRM). Adicionalmente, el 1 de septiembre de 2026 presentó un derecho de petición solicitando la corrección de la parametrización y una aclaración sobre cómo debe registrarse, pero la respuesta del 6 de septiembre fue evasiva, limitándose a citar disposiciones generales sin resolver el fondo del asunto.
El Juzgado vinculó a la Procuraduría General de la Nación y a la Universidad de Antioquia, concediéndoles el término de un (1) día hábil para que rindan informe sobre los hechos. Así mismo, ordenó a las entidades publicar el presente proveído y el escrito de tutela y sus anexos en el portal web oficial de cada entidad, a efectos de comunicar la existencia de esta acción a los terceros interesados con interés legítimo en postularse a los cargos ofertados dentro de la Convocatoria No. 214 de 2026 Versión No. 3, Resolución No. 212 de 2026.
La accionante solicita que se ordene a las entidades accionadas: (i) corregir la parametrización de la plataforma de inscripción habilitando el área de conocimiento "Ciencias de la Educación" para las vacantes 3PU-15, 3PU-17 y 3PU-18; (ii) habilitar un mecanismo alternativo de inscripción que le permita registrar su título con la misma validez; o (iii) publicar una aclaración oficial indicando la opción que deben seleccionar los profesionales del área de Ciencias de la Educación, certificando que no será causal de inadmisión.
El despacho negó la medida provisional solicitada en los términos planteados, al considerar que implicaría adelantarse a resolver el fondo del asunto. Sin embargo, adoptó una medida de carácter conservativo, requiriendo a las entidades accionadas para que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, informen y acrediten si los cargos 3PU-15, 3PU-17 y 3PU-18 admiten títulos del área de Ciencias de la Educación conforme al Manual Específico de Funciones vigente, y si tal circunstancia se encuentra reflejada en la Convocatoria No. 214 de 2026 y en la parametrización de la plataforma de inscripción.
Los escritos de intervención deberán enviarse al correo:
jlato45@cendoj.ramajudicial.gov.co