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​​​​​​

​​​​SEGUIMIENTO A SENTENCIAS JUSTICIA Y PAZ - ​MEDELLÍN​​​​

S75 EXHORTO 20​​ ​


20. Expídase copias con destino a la Fiscalía General de la Nación:

i) De la evidencia relacionada en título 2.5. Los vínculos del Bloque Suroeste con la Fuerza Pública, párrafos 377, 378, 379, 380, 381, 382, 383 y 384, de la parte motiva de esta decisión para que se investigue la presunta participación de los funcionarios del Ejército Nacional que fueron relacionados en dicho aparte.

ii) De las versiones libres del postulado Rodolfo Gómez Rubidez del 14 y 27 de julio de 2010 y10 de mayo de 2011, que obran en la matriz de homicidio aportada por la Fiscalía 20 Delegada de la Dirección Nacional Especializada en Justicia Transicional para que, previo a su individualización e identificación investigue penalmente al Agente de Policía Villegas del Comando de Policía de Urrao por los delitos de concierto para delinquir y homicidio de las víctimas mencionadas en el párrafo 406, por las consideraciones expuestas en la parte motiva de la decisión.

iii) De la evidencia relacionada en los párrafos 405, 407, 408 y 409 para que individualice e identifique plenamente al cabo de apellido López y al policía de apellido CHACÓN, Comandante y agente de la Estación de Policía de Ciudad Bolívar, respectivamente, e investigue su participación en los homicidios de Gabriel Alberto Montoya Agudelo y otros y de José Alfredo Mesa Santamaría y Rubén Darío Rodríguez Bejarano. Asimismo, investigue la participación del Sargento Segundo José Ferney Marín Martínez y del Teniente Thomas Adrian Gómez Castaño de la Estación de Policía de Andes en el homicidio y desaparición forzada de la víctima Enrique Javier Ávila Diago. Igualmente, al Agente de Policía Laudelino Rodríguez Ramos, quien “labora en San Antonio de Prado” por las amenazas en contra del agente de policía Jhon Jaime Ruíz.



​Investigado(s) Calidad: Miembro de la Fuerza Pública, servidor público, particular.

 

Germán Antonio Pineda López

Funcionarios del Ejército Nacional

Agente de Policía Villegas del Comando de Policía de Urrao

 

Cabo de apellido López

 

Policía de apellido Chacón, Comandante y agente de la Estación de Policía de Ciudad Bolívar


Hechos Compulsas de Copias Penales

Párrafos 377, 378, 379, 380, 381, 382, 383 y 384, de la parte motiva

El Bloque Suroeste, además, contó con el apoyo y la colaboración del agente de policía Villegas de la Estación de Policía del municipio de Urrao, quien les daba información de las víctimas a los miembros del grupo armado e incluso las señalaba para que fueran ejecutadas por éstos.

De acuerdo a lo anterior, se le solicitará a la Fiscalía que identifique e individualice al cabo de apellido López y al agente de policía de apellido Chacón, comandante y agente de la Estación de Policía de Ciudad Bolívar, respectivamente, con el fin de compulsar copias para que sean investigados por su presunta participación en los delitos de concierto para delinquir y el homicidio de las víctimas relacionadas, en caso de que aún no se haya hecho.