VIGÉSIMO PRIMERO: INSTAR a la Fiscalía para que ampare los derechos de las víctimas de los hechos que fueron retirados, con ocasión a la exclusión de RAFAEL ENRIQUE SIMANCA BELLO y que quedaron relacionados en el acápite “1. Cargos retirados”, y, en particular, conforme a los artículos 37 y 6 de la Ley 975 de 2005, les garantice el acceso a la administración de justicia y a participar en las diligencias491 , así como los recursos eficaces para reparar el daño infligido, y adopte en su favor todas las medidas destinadas a evitar la repetición de tales violaciones492, lo cual no obsta para que se les brinde acceso a los programas de reparación administrativa individual de que trata la Ley 1448 de 2011
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No hay acta que haga seguimiento a esta medida
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