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​​​​SEGUIMIENTO A SENTENCIAS JUSTICIA Y PAZ - ​MEDELLÍN​​​​



Sin título ‭[1]‬

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​S47 EXHORTO​​​​​​​​​​​​​​​​​​ 76.

Sin título ‭[2]‬




76 . EXHORTAR y ORDENAR a la Fiscalía General de la Nación para que conforme a las circunstancias fácticas narradas y conocidas en la presente sentencia, realice la labor investigativa a su cargo, dilucidando los hechos criminales que se entrevén, que en este proceso no fueron atribuidos y de ser el caso, conforme a los criterios de selección, macrocriminalidad y macrovictimización, efectúe las imputaciones pertinentes y ejerza la acción penal sobre quién haya lugar. Ello conforme lo consignado en el cargo 4, postulado Luberney Marín Cardona, alias ‘Joyero’; cargo 3, 7, 8, 9 y 10, de Parmenio de Jesús Usme García, alias ‘Parmenio o Juan Pablo’; cargo 6, 13, 14 y 17, Jony Albeiro Arias, alias ‘El Zorro o Hernán’; cargo 9, 12, 13, 16, 18, 27, 29, 37 y 45 Francisco Antonio Galeano Montaño, alias ‘Colero o Henry’; cargo 4, 5, 7, 8, 10, Nelson Enrique Jaramillo Cardona, alias “Jaramillo” o “Alex Jaramillo”; cargo 3, 4, 5 y 6, Jorge Abad Giraldo Loaiza, alias “El Barbado”; cargo 4, 5 y 7, Gabriel Rodolfo Luján García, alias “Reserva” o “Carepalo”; cargo 3 y 4, Givert Emir Murillo Parra, alias “El Negro”, “Todo Right” o “More”; cargo 10, postulado Luis Eduardo Pérez Ruiz, alias “Caspi”, y por último cargo 3 y 8, Jesús María Restrepo Arroyave, alias “La Muerte”.                                                              





































































































































































Investigado(s) Calidad:  Miembro de la Fuerza Pública, servidor público, particular:

​​(1) Luberney Marín Cardona
(2) Parmenio de Jesús Usme García
(3) Jony Albeiro Arias
(4) Francisco Antonio Galeano Montaño
(5) Jorge Abad Giraldo Loaiza
(6) Nelson Enrique Jaramillo Cardona
(7) Gabriel Rodolfo Lujan García
(8) Givert Hemir Murillo Parra
(9) Luis Eduardo Pérez Ruíz
(10) Jesús Maria Restrepo Arroyave
(11) Luis Alfonso Sotelo Martínez
(12) Jhon Deibis Patiño Hernández                 

ALIAS             
(1) El Joyero
(2) Juan Pablo, Cien u Ochenta
(3) Hernán o El Zorro
(4) Colero o Henry
(5) Barbado o Barbas
(6) Alex o Jaramillo
(7) Reserva, Carepalo o El Flaco
(8) El Negro, Todo Right, More o Mario
(9) Caspi
(10) La Muerte o Chucho
(11) Jhon
(12) Burgues

Hechos Compulsas de Copias penales

Como ha sido criterio de esta Corporación de impulsar al ente acusador en su labor investigativa y, al no tener conocimiento frente indagación alguna, ni proceso penal adelantado en contra de José León Arturo Cañas, Martín Alonso Marín Berrio y Giovanny M. Fernández Pérez, propietarios de vehículos adscritos a CONATRA Copacabana-Antioquia; se compulsará copias para tal fin al titular de la acción penal, en caso de que no haya sido efectuado indagación alguna. Lo anterior, teniendo en cuenta tanto la entrevista de la víctima John Jaime Valencia Laverde, realizada en junio veintitrés (23) de 2009, así como la manifestación hecha por el postulado ante esta Magistratura en octubre veinte (20) de 2015, sesión tres, a partir del record 00:32:51.   
                                                    
Solicita a la Sala, la efectiva compulsa de copias por negligencia en las investigaciones, haciendo referencia explícitamente a que la Fiscalía General de la Nación, ponga especial cuidado a las compulsas de copias originadas del proceso de Justicia Transiciona                Jony Albeiro Arias, alias ‘Hernán o El Zorro’, en calidad de COAUTOR, en la modalidad de la conducta DOLOSA, por la comisión del delito de HOMICIDIO EN PERSONA PROTEGIDA tipificado en el artículo 135, Parágrafo-numeral 1º de la Ley 599 de 2000, ya que la víctima se trataba de integrante de la población civil.

Con ocasión a este hecho criminal, la Magistratura COMPULSARÁ COPIAS con destino a la Fiscalía General de la Nación, para que en caso de no haberse realizado, se ejecute la acción penal que corresponda en contra de los exparamilitares conocidos con los motes de “Estiven” -Hernán Darío Carvajal Zúñiga- y alias “Chompiras”, y en contra de Juan Alberto García Duque, exalcalde de San Carlos-Antioquia, por su presunta participación en el homicidio de Manuel Antonio Ospina Hernández, quien para el año 2003, fungía como conductor de la volqueta que servía a la administración del mentado municipio; conforme a lo señalado en la versión libre rendida por el postulado Jony Albeiro Arias, el diecisiete (17) de abril de 2012 y en la entrevista que suministró a servidores de policía judicial, la señora Ligia del Socorro Torres Agudelo, cónyuge de la víctima, de calenda once (11) de octubre de 2011.
                                            
De acuerdo a la declaración efectuada por Bibiana Lucia Agudelo Sánchez, descendiente de la víctima directa, en la que enuncia que Emilio Montoya profirió amenazas de muerte en contra de la señora Emma de Jesús Sánchez días antes del homicidio, debido a un conflicto que tenían por un lote de tierra, la Sala dispondrá la COMPULSA DE COPIAS respectiva, para que, en caso de que no se haya efectuado, se inicien las investigaciones que correspondan tendientes a dilucidar alguna posible infracción a la ley penal por parte de la aludida persona.          

Conforme al móvil del hecho criminal confesado por el postulado en audiencia concentrada, la Magistratura COMPULSARÁ COPIAS a la Fiscalía General de la Nación para que, de no haberse hecho, se identifique e individualice al comerciante poblador del municipio de San Vicente-Antioquia, conocido con el remoquete de “El Primo”, quien para el año 2004 era propietario de una tienda cercana al parque de esa localidad, y de ser procedente, inicie la acción penal que corresponda en contra de esa persona por haber dispuesto la
muerte de Gustavo Adolfo Quintero Ospina.                                       Francisco Antonio Galeano Montaño, alias “Colero o Henry”, en calidad de COAUTOR, en la modalidad de la conducta DOLOSA, por la comisión del delito de HOMICIDIO EN PERSONA PROTEGIDA tipificado en el artículo 135, Parágrafo-numeral 1º y 2º de la Ley 599 de 2000, ya que la víctima se trataba de integrante de la población civil y no participaba en las hostilidades.
Conforme a la confesión que el postulado Francisco Antonio Galeano Montaño alias “Colero o Henry” efectuó en el sub lite, la Sala ordena la compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación, para que, en el caso que no se hubiera realizado, identifique, individualice e investigue la posible conducta criminal en la que haya incurrido la persona distinguida como “Doña Julia”, quien para el mes de marzo de 2005 trabajaba en un alto cargo en la empresa de SOTRAGUR en el municipio de Guarne-Antioquia.        
Francisco Antonio Galeano Montaño, alias “Colero o Henry”, en calidad de COAUTOR, en la modalidad de la conducta DOLOSA, por la comisión del delito de HOMICIDIO EN PERSONA PROTEGIDA tipificado en el artículo 135, Parágrafo-numeral 1º y 2º de la Ley 599 de 2000, ya que la víctima se trataba de integrante de la población civil y no participaba en las hostilidades. 
Conteste a la exposición de los móviles del hecho efectuada por el postulado Francisco Antonio Galeano Montaño, alias “Colero o Henry” en audiencia concentrada del veintiuno (21) de octubre del año 2015, la Magistratura COMPULSARÁ COPIAS a la Fiscalía General de la Nación para que, de no haberse hecho, se identifique e individualice a la miembro del Bloque Héroes de Granada de las ACCU, conocida con el remoquete de “Mariana”, quien para el año 2004 era “financiera” de la organización y se encargaba de cobrar las extorsiones en el municipio de Barbosa-Antioquia; y de ser procedente, inicie la acción penal que corresponda en contra de esa persona por su participación en la muerte de Conrado Andrés Bustamante Rojas.                                     
Nelson Enrique Jaramillo Cardona, alias “Jaramillo” o “Alex Jaramillo”, en calidad de COAUTOR, en la modalidad de la conducta DOLOSA, por el delito de HOMICIDO EN PERSONA PROTEGIDA, tipificado en el artículo 135 de la Ley 599 de 2000, parágrafo, numerales 1º y 2º, con las circunstancias de mayor punibilidad descritas en el en canon 58, numerales 2 y 5 Ídem.
Tal y como se advirtiera en audiencia concentrada celebrada ante esta Judicatura681, conteste a la declaración efectuada por Jorge Alirio Ossa Arenas ante la justicia permanente, a propósito del homicidio de su hermano David Fernando Ossa Arenas, la Sala ORDENA LA COMPULSA DE COPIAS ante la Fiscalía General de la Nación, para que en caso de no haberse realizado, se investigue alguna posible participación de la señora Paula Andrea García Salazar en dicho crimen Jorge Abad Giraldo Loaiza, alias “El Barbado”, en calidad de COAUTOR, en la modalidad de la conducta DOLOSA, por el HOMICIDIO EN PERSONA PROTEGIDA, delito tipificado en el artículo 135, Parágrafo, numeral 1º y 2º de la Ley 599 de 2000, donde concurre la circunstancia de mayor punibilidad del canon 58-5 Ídem.
Atendiendo a la manifestación hecha por el postulado Luberney Marín Cardona, alias “Joyero”, la Sala COMPULSARÁ COPIAS de la mentada vista pública, con destino a la Fiscalía General de la Nación para que en caso de que lo hubiera efectuado, identifique, individualice e investigue la posible participación del señor Nicolás Guzmán, candidato para la Alcaldía de San Carlos-Antioquia, en el periodo de 2005 a 2008, en los homicidios de María Isabelina Daza Ríos y Juan de Jesús Gómez Cifuentes y desaparición forzada de Ricardo de Jesús Loaiza Loaiza.                                                 Atendiendo a la confesión efectuada por el postulado Francisco Antonio Galeano Montaño, alias “Colero”, la Sala COMPULSARÁ COPIAS de la mentada vista pública, con destino a la Fiscalía General de la Nación para que en caso de que lo hubiera efectuado, identifique, individualice e investigue la posible participación en el homicidio de Marco Tulio Cardona Cardona y su tío Ernesto de Jesús Cardona Henao, de quien para la época de los hechos era el comandante de la policía de San Vicente-Antioquia.                            
ORDENA COMPULSAR COPIAS con destino a la Fiscalía General de la Nación, para que se identifique, individualice e investigue a la mujer distinguida con el nombre de “Sandra”, pobladora del municipio de Guarne, supuesta amiga de la víctima y presunta colaboradora de las AUC que operaban en esa localidad, por su probable participación en el homicidio de Sandokan de la Santísima Trinidad Morales Gutiérrez -Jesús María Restrepo Arroyave, alias “La Muerte” o “Chucho”, en calidad de COAUTOR, en la modalidad de la conducta DOLOSA, por el delito de HOMICIDIO EN PERSONA PROTEGIDA conforme al canon 135, numerales 1º y 2º del parágrafo de la Ley 599 de 2000; donde concurren las circunstancias de mayor punibilidad consignadas en el artículo 58 numerales 5 y 10 Ídem.
De acuerdo a lo conocido en el presente hecho y en caso que el titular de la pretensión penal no lo hubiera realizado, la Sala COMPULSARÁ COPIAS de la diligencia de versión libre del postulado Jesús María Restrepo Arroyave, alias “La Muerte” y de la entrevista de la víctima indirecta Martha Nelly Benítez Foronda, con destino a la Fiscalía General de la Nación para que se identifique, individualice, investigue y de ser procedente, judicialice a alias “Pocillo”, al perecer de nombre Jorge, amigo y presunto cuñado de la víctima Jaime de Jesús Benítez Martínez, quien para el momento de los hechos vivía en el barrio 8 de marzo de la ciudad de Medellín.  ​

Estado Actual - (Actas juzgado de Ejecución)

Acta 15 de noviembre de 2023

En la anterior audiencia de seguimiento se informó sobre el particular lo siguiente: “Se recordó a los asistentes que en la anterior audiencia sobre la anterior medida se señaló por parte del doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, frente al cargo 4, postulado Luberney Marín Cardona, alias 'Joyero' señaló que en este momento está en indagación en este semestre se tomara la decisión de estos hechos.

 El Fiscal 7ª Especializado de apoyo a la Fiscalía 4ª en la cuarta audiencia de seguimiento señaló que continúan en la documentación de esos hechos para establecer si se imputarán o no a DUBERNEY MARIN CARDONA.

 En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que hasta el momento no se h a registrado responsabilidad penal directa sobre hechos específicos que constituyan actos de terrorismo en concurso con actos de Barbarie, por lo que no se ha imputado al postulado MARIN CARDONA.

 - Cargo 3, 7, 8, 9 y 10, de Parmenio de Jesús Usme García, alias 'Parmenio o Juan Pablo'; Joyero' en este momento está en indagación en este semestre se tomará la decisión de estos hechos.

El Fiscal 7ª Especializado de apoyo a la Fiscalía 4ª en la cuarta audiencia de seguimiento señaló que continúan en la documentación de esos hechos para establecer si se imputarán o no.

En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que frente al cargo No. 3 esta en indagación, sobre el 7, la conducta de tortura será impuesta a PARMENIO DE JESUS USME GARCIA al finalizar este trimestre, sobre la 8 este cargo será también imputado en este trimestre, 9 también será imputado este año, el 10 fue imputado a DIEGO FERNANDO MURILLO BEJARANO, bajo el cargo 452 y esta en espera de sentencia por la Sala de Justicia y paz de Medellín. –

 Cargo 6, 13, 14 y 17, Jony Albeiro Arias, alias 'El Zorro o Hernán'; se precluyó la acción penal del postulado por muerte, sin embargo, esos hechos serán llevados a versión libre de LUBERNEY MARIN CARDONA como también al postulado DIEGO FENRANDO MURILLO BEJARANO.

El Fiscal 7ª Especializado de apoyo a la Fiscalía 4ª en la cuarta audiencia de seguimiento señaló que se plantea la posibilidad de imputárselos a LUBERNEY MARIN CARDONA como quiera que JHONIE ALBEIRO ARIAS falleció y LUBERNEY fue comandante del mismo municipio, aunque algunos hechos fueron imputados a diego Fernando Murillo Bejarano, pero se solicitó su exclusión en primera instancia se negó y está en apelación.

En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que el 6 será archivado por la muerte del postulado JHINI ALBEIRO ARIAS, 13 en indagación, 14 el 9 de junio se versionó se aclaró el homicidio y manifestaron que no tienen responsabilidad DEVERNEY MARIN CARDONA y PARMENIO DE JESUS USME GARCIA Y 17 pendientes de versión de DUVERNEY MARIN CARDONA y realizar imputación- - Cargo 9, 12, 13, 16, 18, 27, 29, 37 y 45 Francisco Antonio Galeano Montaño, alias 'Colero o Henry'; está imputado y cumplido es el secuestro de JHON JAIME VALENCIA LAVERDE, con el informe presentado se dio cumplida la medida.

En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que el 12 no se va hacer imputación, 13 se imputara este año a FRANCISCO MONTAÑO GALEANO por desaparición forzada y fue imputado a DIEGO FERNANDO MURILLO BEJARANO, 16 no se imputara la privación ilegal y privación del debido proceso, igual ocurre con el 18, pero se imputará el hurto de la motocicleta de víctima Juan Guillermo Córdoba y la detención ilegal y privado al debido proceso al señor ESTEVAN ALEJANDRO SERNA VILLA, 27 se realizará al imputación al postulado FRANCISCO MONTAÑO GALEANO por lesiones personales en persona protegida, hechos ya imputados a DIEGO ALEJANDRO MURILLO BEJARANO bajo cargo 386 se encuentra para sentencia, el 29 se imputará tortura en persona protegida y desplazamiento a FRANCISCO ANTONIO MONTAÑO GALEANO este año, numeral 37 se realizará imputación al postulado FRANCISCO ANTONIO por deportación traslado de desplazamiento de JAIME ALEXANDER ZAPATA LOPEZ y su núcleo familiar, el 45 fue imputado a DIEGO FERNANDO MURILLO BEJARANO, está para sentencia. - Cargo 4, 5, 7, 8, 10, Nelson Enrique Jaramillo Cardona, alias “Jaramillo" o “Alex Jaramillo"; en este momento está en indagación en este semestre se tomará la decisión de estos hechos. El Fiscal 7ª Especializado de apoyo a la Fiscalía 4ª en la cuarta audiencia de seguimiento señaló que estos cargos continúan en indagación. En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que sobre el 4 no hay exhortación para Nelson Enrique Jaramillo Cardona, 5º actos de barbarie, no se ha registrado responsabilidad penal, por lo que no se ha imputado, 7º estos hechos de manera inicial fueron imputados a DIEGO FENRNANDO MURILLO BEJARANO, por homicidio en persona protegida de JORGE ANIBAL MONTES MIRA, el 7 de junio de 2018 esa Fiscalía le formuló imputación adicional a DUVERNEY MARIN CARDONA y NELSON ENRIQUE JARAMILLO CARDONA, por homicidio en persona protegida, actualmente las diligencias se encuentran para iniciar la audiencia concentrada, de igual manera antes de finalizar el trimestre se determinara si se imputa tortura y acceso carnal violento respecto de DUVERNEY MARIN CARDONA y NELSON ENRIQUE JARAMILLO CARDONA, en el numeral 8 desaparición forzada de ALONSO DE JESUS GOMEZ VILLEGAS, ya fue realizada la imputación al postulado DIEGO FERNANDO MURILLOBEJARANO por homicidio en persona protegida en concurso con detención ilegal y privación del debido proceso y desaparición forzada, se agotó audiencia concentrada está pendiente de sentencia, el 7 de junio de 2018 fue imputada a DUVERNEY MARIN CARDONA esas conductas y 10 el 7 de junio de 2018 fue imputada a DUVERNEY MARIN CARDONA desaparición forzada y en el cargo 109 a DIEGO FERNANDO MURILLO BEJARANO, el homicidio en persona protegida de RICARDO DE JESUS LOAIZA LOIZA, en concurso con desaparición forzada de la misma víctima.

 - Cargo 3, 4, 5 y 6, Jorge Abad Giraldo Loaiza, alias “El Barbado"; en este momento está en indagación en este semestre se tomará la decisión de estos hechos.

 El Fiscal 7ª Especializado de apoyo a la Fiscalía 4ª en la cuarta audiencia de seguimiento señaló que estos cargos continúan en indagación. En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que el 3 es homicidio de MARIA ISABELINA DAZA RIOS el 7 de junio de 2018 fue imputado a GIVER ENITH MURILLO PARRA, 4 se trata de RICARDO DE JESUS LOAIZA fue imputado en cargo No. 10 y DIEGO FERNANDO MURILLO BEJARANO, el 5 homicidio en persona protegida de JUAN DE JESUS GOMEZ CIFUENTES fue imputado a GIVER ENITH MURILLO PARRA el 7 de junio de 2018 y 6 fue imputado el 7 de junio de 2018 a JHINY ALBEIRO ARIAS y GIVERT EMIR MURILLO PARRA. –

Cargo 4, 5 y 7, Gabriel Rodolfo Luján García, alias “Reserva" o “Carepalo"; en este momento está en indagación en este semestre se tomará la decisión de estos hechos.

El Fiscal 7ª Especializado de apoyo a la Fiscalía 4ª en la cuarta audiencia de seguimiento señaló que estos cargos continúan en indagación.

 En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que el 4º homicidio en persona protegida NEFTALY ANTONIO MUÑOZ GOMEZ, antes de finalizar el año se solicitará imputación adicional al postulado GABRIEL RODOLFO LUJAN GARCIA, la imputación adicional del delito sobre la privación de la libertad que corresponda, igual ocurre con el 5º que es el homicidio en persona protegida de JORGE IVAN MONSALVE MARTINEZ, se realizará al imputación a GABRIEL RODOLFO LUJAN GARCIA y a DIEGO FERNANDO MURILLO BEJARANO por línea de mando, en el 7º desaparición forzada en concurso con homicidio en persona protegida de las víctimas OMAR OVIDIO SANCHEZ MUÑOZ, DIEGO ALONSO CARRASQUILLA y OSCAR ALBERTO OCHOA, frente al postulado LUJAN GARCIA no se imputará, porque se imputó desaparición forzada. –

 Cargo 3 y 4, Givert Emir Murillo Parra, alias “El Negro", “Todo Right" o “More en este momento está en indagación en este semestre se tomará la decisión de estos hechos. El Fiscal 7ª Especializado de apoyo a la Fiscalía 4ª en la cuarta audiencia de seguimiento señaló que estos cargos continúan en indagación. En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que el 3 es una masacre en la vereda el Vergel y el Choco del municipio de San Carlos, realizará el estudio para verificar la imputación antes que termine este año y 4º desaparición forzada de LEYDI JHOANA CANO MESA, se realizará la correspondiente imputación a GIVER EMIR MURILLO PARRA y DUVERNEY CARDONA. –

Cargo 10, postulado Luis Eduardo Pérez Ruiz, alias “Caspi", en este momento está en indagación en este semestre se tomará la decisión de estos hechos.

El Fiscal 7ª Especializado de apoyo a la Fiscalía 4ª en la cuarta audiencia de seguimiento señaló que estos cargos continúan en indagación.

En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que se efectuara el estudio con fines de imputación sobre detención ilegal y privación del debido proceso del menor CARLOS MARIO LAVAREZ LOPEZ y los demás postulados que hayan sido autores y participes.

Y por último cargo 3 y 8, Jesús María Restrepo Arroyave, alias “La Muerte, frente a este postulado se le revocó la pena alternativa y la Fiscalía 4ª hay decisión de exclusión, se dio por cumplido este aparte de la medida con el informe presentado." En la quinta audiencia el doctor JHONS GUTIERREZ DURAN, Fiscal 71 Especializado de apoyo doctor ALBEIRO CHAVARRO AVILA, Fiscal 4º delegado ante el Tribunal, precisó que Jesús María Restrepo Arroyave fue excluido, se analizará la posibilidad de imputarlos a DIEGO FERNANDO MURILLO BEJARANO, en caso de no haberse realizado.

Se precisó que la 6ª audiencia de seguimiento a las medidas de reparación tendrá lugar el jueves 19 de septiembre de 2024 de 8:00 a 5:00 P.M.



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