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Sin título ‭[1]‬

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​S62 EXHORTOS​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​

Sin título ‭[2]‬


EXHORTO SEGUIMIENTO COMPULSA DE COPIASEstado Actual (Actas Juzgado Ejecución)

"CUADRAGÉSIMO SEGUNDO: EXHORTAR a la Fiscalía delegada

 

Para que, en próximas diligencias seguidas en contra del Bloque Tolima, continúe las labores de investigación en torno a las relaciones que tuvieron sus integrantes con actores sociales y gremios económicos en cada una de las zonas donde tuvo injerencia el proyecto paramilitar, para que sean presentados de manera detallada y se procedan a re​alizar las respectivas compulsas de copias."

"ACTA 21-10-2021 - CUADRAGÉSIMO SEGUNDO:

 

Frente a la medida 42º manifestó la doctora Ana Milena Acevedo Villamil, Fiscal 108 Seccional en apoyo del doctor Héctor Eduardo Moreno Fiscal 47 delegado ante el Tribunal de la Unidad Especializada en Justicia Transicional, que el 2 de agosto de 2021 se llevó a cabo versión libre para dar respuesta a este numeral en la que participaron los postulados ATANAEL MATAJUDICIOS BUITRAGO y OSCAR OVIEDO RODRIGUEZ, consolidaran la información y realizaran las diligencias necesarias, para compulsar las copias en el primer semestre del 2022.

 

ACTA 25-07-2022.

 

Se otorgó el uso de la palabra al Fiscal 47 delegado ante el Tribunal para que presenten los informes sobre el avance de las siguientes medidas: CUADRAGÉSIMO SEGUNDO: EXHORTAR a la Fiscalía delegada ... La Doctora LEILA SOFIA BARRERA MARTINEZ, Fiscal 108 Especializada actuando en apoyo TIBERIO MAYA VERA Fiscal 7º delegado ante el Tribunal, sobre el particular informó que se realizó mediante oficio No.20229460041431 del 1º de junio de 2022, dirigido a la Dirección Seccional de Fiscalías del Tolima, compulsa en contra ENRIQUE SALAS, IGNACIO ALVIRA, RAFAEL ORTIZ, VICTOR BOCANEGRA, BENIGNO ORTIZ, DAVID HERRERA, BUENABENTURA GONGORA, JAIR ACOSTA Y HUMBERTO BONILLA, comerciantes y ganaderos quienes al par4ecer fueron financiadores y auspiciadores del extinto Bloque Tolima. Precisó que se siguen haciendo versiones con el fin de establecer si se encuentran más colabores o auspiciadores con este Bloque, el despacho solicita que se haga una versión conjunta con todos los exmilitantes del Bloque que estén activos en Justicia y Paz y a la mayor brevedad posible se compulsen todas copias a que haya lugar para cumplir la medida y que los avances con relación a las anteriores medidas la tercera audiencia de seguimiento tendrá lugar los días miércoles y jueves 24 y 25 de mayo de 2023 de 9:00 A.M. a 5:00 P.M. el primer día y el segundo día de 9:00 a 1:00 P.M."

Acta 15 de agosto de 2023

En la tercera audiencia de seguimiento sobre el exhorto 42º, la Doctora LEILA SOFIA BARRERA MARTINEZ, Fiscal 108 Especializada actuando en apoyo TIBERIO MAYA VERA Fiscal 7º delegado ante el Tribunal, indicó que se han realizado versiones el año pasado con los postulados activos, este año también, a la fecha los postulados no han mencionado otros financiadores del Bloque Tolima en el evento que haya alguna delación se harán las compulsas, el despacho le preguntó si en los dos últimos años no se han efectuado respecto de actores sociales y gremios económicos se solicita que precise cuántas compulsas de esa naturaleza se hicieron con anterioridad y si tiene listado depurado, precisó la Fiscal que corresponden exactamente 92 compulsas, tiene el AID, nombre de tercero, la Fiscalía y el estado actualizado al 15 de mayo de 2023, de esas 86 compulsas, ninguna sentencia, tan sólo 4 en juicio, 33 están en investigación preliminar, en instrucción 49 , con preclusión 31, no tiene datos de las fechas, sobre a cuántos actores sociales y gremios se les ha compulsado copias, indicó que no sabe a cuántos actores sociales se les han compulsado, el despacho le solicitó a la delegada que en el término de 30 días hábiles siguientes a esta audiencia allegue un informe separado donde precise cuántas compulsas de copias respecto de actores sociales y gremios económicos se han efectuado a la fecha con ocasión de la judicialización de los hechos perpetrados por el bloque Tolima, indicado la fecha y nombre del actor sociales o gremio económico y adjuntando copia de los oficios con los que se efectuaron las mismas, informe del que deberá remitir copia a la Coordinadora de compulsa de copias y al delegado para em Ministerio Público de este proceso. DIANA SALAZAR SOLIS Fiscal 251 especializada Coordinadora del Grupo de compulsas de copias precisó que habría cruzar ese numero de compulsas porque eventualmente no todas corresponden a nuevos radicados, algunas de ellas se direccionan para impulso procesal, cuando existía una notifica criminal previa por esos hechos. DIANA SALAZAR SOLIS Fiscal 251 Especializada Coordinadora del Grupo de compulsas de copias, precisó que registran solamente una compulsa con radicado No. 239928 es una compulsa contra varios actores está a cargo a la delegada para seguridad territorial, a cargo de la Fiscal 1º Especializada de la Seccional Tolima doctora SANDRA MILENA BURITICA, una compulsa del 27 de julio de 2022, contra ENRIQUE SALAS, tercero empresario, IGNACIO ALVIRA, ganadero y comerciante, RAFAEL ORTIZ comerciante arrocero del norte del Tolima, MAURICIO ORTIZ comerciante y ganadero, VICTOR BOCANEGRA comerciante y ganadero, BENIGNO ORTIZ, exportador y encargado de tractomulas de transporte en el Tolima, DAVID HERRERA, comerciante y ganadero, BUENAVENTURA GONGORA, comerciante y ganadero, JAIRO ACOSTA ex alcalde de piedras Tolima, HUMBERTO BONILLA, comerciante y finquero, por los presuntos delitos de financiación del terrorismo, administración de recursos relacionados con actividades terroristas relacionados con actividades terroristas y concierto para delinquir agravado, hechos acaecidos en el año 2002 hasta el 25 de octubre de 2005, versión libre del ex postulado HUMBERTO MENDOZA CATILLO, alias PERO DE monte o Arturo, segundo comandante del Tolima, excluido detenido, en investigación previa se dio apertura el 4 de noviembre de 2022, se ordenó identificar e individualizar a los 3eros se allegó informe del 2023, de policía judicial en el se establece que están fallecido a la fecha LUIS ENRIQUE SALAS, RAFAEL ORTIZ FIGUEROA, BUENAVENTURA GONGORA MARTINEZ, HUMBERTO BONILLA CUBIDES, vivos DIEGO IGNACIO ALVIRA ECHANDIA, BENIGNO ORTIZ REMOLINA y JAIRO ALBERTO ACOSTA PABA, no se logra identificar a VICTOR BOCANEGRA y DAVID HERRERA, se impartió nueva orden para escuchar en declaración bajo gravedad del juramento a HUMBERTO MENDOZA CATILLO, para establecer arraigos actualizados, así como para continuar con las labores de identificación e individualización de las dos personas que ya se citaron aunado a que se reiterará una solicitud a la JEP para que se informe si algunas de estas personas citadas, son comparecientes ante esa jurisdicción, cuarta audiencia de seguimiento al cumplimiento de las medidas de reparación tendrá lugar los días martes y miércoles 27 y 28 de agosto de 2024, de 9:00 A.M. a 5:00 P.M. los dos días, y particularmente indicar si se han tomado decisiones de fondo y si se ha pronunciado su despacho sobre declaratoria de lesa humanidad de las conductas endilgadas.


"CUADRAGÉSIMO TERCERO: EXHORTAR a la Fiscalía delegada

 

Para que en ejercicio de la acción penal continúe con las labores de investigación en torno a los nexos que tuvieron integrantes de la Fuerza Pública con el Bloque Tolima en sus zonas de injerencia, y en próximas diligencias judiciales informe sobre los nuevos hallazgos y sus respectivos avances en las investigaciones que han derivado de las respectivas compulsas de copias."

"ACTA 21-10-2021 -

 

 “CUADRAGÉSIMO TERCERO: EXHORTAR a la Fiscalía delegada… La doctora Ana Milena Acevedo Villamil, Fiscal 108 Seccional en apoyo del doctor Héctor Eduardo Moreno Fiscal 47 delegado ante el Tribunal de la Unidad Especializada en Justicia Transicional, señaló que solamente quedaba pendiente de documentar la participación de operación Cajamarca, Anaime, que se han emitido 136 compulsas contra miembros de la fuerza pública, agentes del estado, desconociendo si se efectuaron las compulsaron la disciplinarias información que brindará en al siguiente audiencia de esta naturaleza.

 

ACTA 25-07-2022-

 

“CUADRAGÉSIMO TERCERO: EXHORTAR a la Fiscalía delegada... Se recordó a los asistentes que en la primera audiencia respecto de la primera medida la doctora Ana Milena Acevedo Villamil, Fiscal 108 Seccional en apoyo del doctor Héctor Eduardo Moreno Fiscal 47 delegado ante el Tribunal de la Unidad Especializada en Justicia Transicional, señaló que solamente quedaba pendiente de documentar la participación de operación Cajamarca Anaime, que se han emitido 136 compulsas contra miembros de la fuerza pública, agentes del estado, desconociendo si se efectuaron las compulsaron la disciplinarias información que brindará en la presente audiencia, por lo que se le otorga el uso de la palabra para el efecto. La Doctora LEILA SOFIA BARRERA MARTINEZ, Fiscal 108 Especializada actuando en apoyo TIBERIO MAYA VERA Fiscal 7º delegado ante el Tribunal, sobre el particular indicó que siguen pendientes las compulsas disciplinarias, por lo que el despacho como quiera que hizo esa solicitud en la primera audiencia de seguimiento que tuvo lugar el 21 de octubre de 2021, requiere a la Fiscalía 7ª delegada ante el Tribunal para que a más tardar en el término de 15 días hábiles siguientes efectúa la compulsa de las copias disciplinaria y del oficio o los oficios que para efecto se libren le remitan copia a la Procuradora Judicial II Penal 110, desatacada ante este despacho la doctora LUISA FERNANDA LOPEZ DIAZ, lflopez@procuraduria,gov.co y remita copia de esos oficios a este despacho para queden como constancia ele cumplimiento, precisando la delega que la se hicieron las compulsas por vínculos con la fuerza a las que había lugar igual está pendiente de documentar la participación en operación Cajamarca Anaime, los avances con relación a las anteriores medidas la tercera audiencia de seguimiento tendrá lugar los días miércoles y jueves 24 y 25 de mayo de 2023 de 9:00 A.M. a 5:00 P.M. el primer día y el segundo día de 9:00 a 1:00 P.M."


Acta 15 de agosto de 2023

Se recordó a los asistentes que en la primera audiencia de seguimiento que tuvo lugar el 21 de octubre de 2021 respecto de la primera medida la doctora Ana Milena Acevedo Villamil, Fiscal 108 Seccional en apoyo del doctor Héctor Eduardo Moreno Fiscal 47 delegado ante el Tribunal de la Unidad Especializada en Justicia Transicional, señaló que solamente quedaba pendiente de documentar la participación de operación Cajamarca Anaime, que se han emitido 136 compulsas contra miembros de la fuerza pública, agentes del estado, desconociendo si se efectuaron las compulsaron la disciplinarias. En la segunda audiencia de seguimiento a las medidas de reparación que tuvo lugar el 25 de julio de 2022, la Doctora LEILA SOFIA BARRERA MARTINEZ, Fiscal 108 Especializada actuando en apoyo TIBERIO MAYA VERA Fiscal 7º delegado ante el Tribunal, sobre el particular indicó que seguían pendientes las compulsas disciplinarias, por lo que el despacho como quiera que hizo esa solicitud en la primera audiencia de seguimiento que tuvo lugar el 21 de octubre de 2021, requirió a la Fiscalía 7ª delegada ante el Tribunal para que a más tardar en el término de 15 días hábiles siguientes efectuará la compulsa de las copias disciplinaria y del oficio o los oficios que para efecto se libren le remitan copia a la Procuradora Judicial II Penal 110, desatacada ante este despacho la doctora LUISA FERNANDA LOPEZ DIAZ, lflopez@procuraduria,gov.co y remita copia de esos oficios a este despacho para queden como constancia ele cumplimiento, precisando la delega que la se hicieron las compulsas por vínculos con la fuerza a las que había lugar gual está pendiente de documentar la participación en operación Cajamarca Anaime, los avances con relación a las anteriores medidas la tercera audiencia de seguimiento" En la tercera audiencia de seguimiento sesión del 16 de agosto de 2023, la doctora LEILA SOFIA BARRERA MARTINEZ, Fiscal 108 Especializada actuando en apoyo del doctor TIBERIO MAYA VERA Fiscal 7º delegado ante el Tribunal, precisó que encontró un cuadro de 2019, en el que se registran 36 compulsas disciplinarias respecto de alcaldes, subintendentes, comandantes de la estación de policías, exmiembros del Das, miembros del ejército nacional en general militares, el despacho preguntó que por qué solo 36 si la Fiscalía reportó que hay efectuado 136 compulsas contra miembros de fuerza y su compromiso en la anterior audiencia que se precisó desde la primera audiencia fue en el término de 15 días hábiles sino lo habían hecho compulsar las copias que faltaran y remitirle los soportes de las mismas a la señora Procuradora Judicial II Penal, números de oficios fechas de compulsas disciplinarias?, habiendo dispuesto el despacho como se evidencia que la Doctora LEILA SOFIA BARRERA MARTINEZ, Fiscal 108 Especializada ha incumplido el compromiso de establecer cuáles son las compulsas de copias disciplinarias que se han efectuado respecto de los miembros de la fuerza pública que a lo largo de la judicialización de los hechos perpetrados por exmilitantes del bloque Tolima se han efectuado y de no haberse realizado las mismas haber procedido a las compulsas dentro de los 15 días hábiles siguientes a la anterior audiencia de seguimiento que tuvo lugar el 25 de julio de 2022, requerimiento que se viene haciendo desde la primer audiencia de seguimiento, con los efectos que esa mora puede tener frente a la caducidad de las acciones disciplinarias, se le dio como último plazo para efectuar esa actuación el término de 15 días hábiles siguientes a esta audiencia, debiendo al finalizar el mismo allegar un informe detallado sobre cuáles son las compulsas de copias penales que se han efectuado a lo largo de la judicialización de los hechos cometidos por ex integrantes Bloque Tolima, indicado fecha, si es posible radicado en la justicia ordinaria y si se efectuaron las compulsas de copias disciplinarias adjuntar los soportes y en caso que no se hayan efectuado realizarlas, informe del que deberá remitir copia del señor Procurador actualmente destacado ante este proceso doctor NELSON FRANCISCO TORRES MURILLO Procurador I Judicial II Penal, correo electrónico nftorres@procuraduría.gov.co , no obstante ello se dispuso compulsaran las copias disciplinarias pertinentes contra la Fiscal 108 Especializada por NO atender las ordenes impartidas en las dos audiencias anteriores ante la autoridad competente Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, remitiendo copia de las actas de las audiencias de seguimiento hasta ahora verificadas en este proceso y de los audios correspondientes. Solicitándole amablemente que del informe que allegue además le corra traslado a la doctora DIANA SALAZAR SOLIS Fiscal 251 Especializada Coordinadora del Grupo de compulsas de copias, para que ella conozca la información relacionada sobre cuáles son las compulsas efectuadas contra miembros de fuerza pública, la Fiscal pidió disculpas y frente a la solicitud en el término de 15 días hábiles siguientes va rendir informe exhaustivo, sobre el número de compulsas penales y disciplinarias que se hayan efectuado respecto de miembros de la fuerza pública. Se precisó que la cuarta audiencia de seguimiento al cumplimiento de las medidas de reparación tendrá lugar los días martes y miércoles 27 y 28 de agosto de 2024, de 9:00 A.M. a 5:00 P.M. los dos días.


"SEXAGÉSIMO OCTAVO: EXHORTAR a la Fiscalía General de la Nación

 

Para que, en aras de seguir en la reconstrucción de la verdad, identifique en próximas diligencias judiciales i) los mecanismos de reclutamiento utilizados por la estructura al momento de entablar relaciones con el Alto Comisionado para la Paz, ii) las personas que de manera irregular se desmovilizaron con el Bloque, iii) la estrategia y finalidades perseguidas en dicha desmovilización tanto por los representantes de la estructura ilegal como presuntamente del Gobierno Nacional. De los hallazgos obtenidos, deberán realizarse las respectivas compulsas en caso de encontrar omisiones graves e injustificadas al respecto."

 

Acta 15 de agosto de 2023

Precisó la Coordinadora de copias que frente a este exhorto se adelanta el radicado No. 20239460052531 a cargo del Fiscal 86 Especializado del Grupo de Compulsa de copias doctor VICTOR FABIO GARCIA DUEÑAS, indicó que este radicado se inició con el radicado No. 453 en Ley 600 de 2000, en contra del señor LUIS CARLOS RESTREPO RAMIREZ, presunto delito es prevaricato, fraude procesal y peculado en favor de terceros, hechos del 12 de octubre de 2005, fecha de desmovilización del bloque Tolima regentaba como alto comisionado para la paz, para el 24 de febrero de 2022, la Fiscalía 95 delegada ante el Tribunal de Bogotá, decretó la nulidad de todo lo actuado en el entendido que la investigación debía adelantarse bajo el régimen de la Ley 906 de 2004, inicialmente la investigación fue conocida por la Fiscalía 251 Especializada, doctora LIDA ALEIDA CONTRERAS, adelantó algunas actividades de allegar documentación de la oficina del alto comisionado del ministerio de hacienda así como información que reposaba en la Fiscalía 47 delegada ante el Tribunal de Justicia y Paz, el 10 de octubre de 2022, se le asignó el proceso, mediante orden de policía judicial del 17 de enero de 2023, se ordenó ubicar y escuchar en entrevista a 28 postulados activos quienes hacían parte del Bloque Tolima , se realizaron 20, como resultado de la s20 en términos generales manifiestan que no tienen conocimiento del tema de la desmovilización de esta estaba encargado en fallecido comandante DIEGO JOSE MARTINEZ GOYONECHE, ATANAEL MATAJUDICIOS BUITRAGO y HUMBERTO MENDOZA CASTILLO, activos segundo comandante militar, en la declaración de ATANAEL manifestó que estaba enfermo padeciendo cáncer de estomago grado IV allegando historia clínica e incapacidades mes a mes la ultima fue recibida el 14 de agosto que va hasta el 8 de septiembre, se allegó certificación médica de incapacidad laboral con porcentaje del 66.89%, en la última conversación indicó que le suministraban medicamentos que afectaban su estado, no se ha podido entrevistar, se ordenó escuchar a WILMAN BOCANEGRA, desmovilizado Ley 1424, quien fue la persona que puso en conocimiento al falsa desmovilización de algunos miembros del Bloque Tolima para el 18 de julio de 2023, el 14 el señor BOCANAGRA manifestó que no estaba interesado en ser escuchado en declaración porque para el momento de la denuncia que realizó fue objeto de amenazas su familia y él, la fiscalía ordenó el 20 de enero de 2'23, inspeccionar los procesos de Ley 1424 en contra de los desmovilizados de esta organización criminal, versiones libres, decisiones de fondo y entrevistas, se encontraron 151 casos, se obtuvo la sentencias que no arrojan mayor información sobre la pertenencia del condenado a esa organización, de los 56 que faltan se están ubicando los procesos, dentro de otras actividades, revisado el expediente se encontraron versiones libres rendidas por postulados activos de la Ley 975 de 2005, relacionadas con la identificación de miembros desmovilizados del bloque Tolima, donde se observa que alguna de esas personas estaban detenidas para el momento de desmovilización se ordenó verificar y el 15 de agosto de 2023, se estableció que dentro de los 18 versionados solamente 5 estaban libres, es decir los demás no tenían conocimiento sobre quién miembros de la organización para el año 2005, la etapa indagación, de estas 5 personas se encuentra ATANAEL, BENKJAMIN BARRERO ROJAS, quien no manifestó mayor cosa de interés, falta por ubicar HUMBERTO MENDOZA CASATILLO, Por otra parte, el despacho está recaudando el material probatorio para establecer si hay lugar a compulsas de copias indicadas en el exhorto. Se precisó que la cuarta audiencia de seguimiento al cumplimiento de las medidas de reparación tendrá lugar los días martes y miércoles 27 y 28 de agosto de 2024, de 9:00 A.M. a 5:00 P.M. los dos días. donde deberá informar el avance.​


" SEPTUAGÉSIMO PRIMERO: EXHORTAR a la Fiscalía delegada

 

Para que, en posteriores diligencias, informe de manera detallada los nombres y los cargos de los integrantes de la fuerza pública a quienes se les ha compulsado copias y su respectivo estado actual en los procesos de investigación, de conformidad con lo expuesto en el apartado “Relaciones con la Fuerza Pública" del acápite Aspectos Contextuales de esta decisión. Así mismo, continúe en el proceso de identificación e individualización que conduzca a instaurar las respectivas compulsas, para que una vez se cuente con la información clara y precisa de aquellos que estuvieron involucrados con el accionar delictivo paramilitar, se solicite al Ministerio de Defensa Nacional, tome las medidas preventivas como traslados transitorios, en caso de ejercer funciones en el mismo lugar donde hubo 2779  Según colaboración al grupo armado ilegal, lo anterior, mientras hay una decisión definitiva en la justicia permanente."



ACTA 21-10-2021 -SEPTUAGÉSIMO PRIMERO: EXHORTAR a la Fiscalía Delegada …. La doctora Lida Aleida Contreras Hernández, Fiscal 253 Especializada Coordinadora de Compulsas de Copias, señaló que cuentan con una matriz que da cuenta de 7 registros de compulsas respecto miembros de la fuerza pública en la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales investigaciones Radicadas bajo los Nos. radicados 160, 161, 514, 602, 629, 229 y 700, precisando que los cinco primeros se adelantan el Fiscal 15 Especializa de esa dirección, a cargo del Doctor Rodrigo Rocha y los dos últimos a cargo de la Fiscal 22 Especializada, doctora Patricia Giraldo. Indicó el primer Fiscal mencionado que en las investigaciones Nos. 629, 602 y 514 se decretó resolución inhibitoria, debidamente notificadas al Ministerio Público. La investigación radicada bajo el No. 160 que cursa contra miembros de la fuerza púbica de la Policía Nacional con sede en San Luis Tolima, señores Jesús Elías Carvajal Lozano, Carlos García y Ciro Antonio Chitiva, quienes hacían parte del comando del departamento del Tolima, se encuentra en etapa de indagación preliminar, los hechos tuvieron lugar en el año 2007 y la compulsa se creó en el año 2011. Y la investigación No. 161, surgió de la versión que rindió Juan Manuel Rojas Rojas, desmovilizado con MATAJUDIOS BUITRAGO, entre otros sobre la participación de alcaldes y concejales de municipios de Coyaima, Prado, Rio Blanco, Natagaima, Guamo, Saldaña, Chaparral, Piedras, Ortega, Ataco, están establecidos nombres y alcaldes, la investigación se encuentra en etapa de indagación previa, la compulsa se efectuó en el año 2011, investigación a la que se conexaron 3 radicados más. Escuchado el informe, solicitó la directora de la audiencia al Fiscal que impartiera celeridad a esas investigaciones y solicitó que en la siguiente audiencia de seguimiento presentar un informe en la próxima audiencia de seguimiento sobre los avances de las mismas. La Fiscal 22 Especializada, doctora Patricia Giraldo, indicó que tiene a cargo los radicados Nos. 229 y 700, dentro de los cuales se profirió resolución inhibitoria el 1º de julio de 2021 y el 1º de junio de 2018, respectivamente, y debidamente notificadas al Ministerio público, en consecuencia, no tiene procesos activos. Adicionalmente, la Coordinadora de Compulsas de Justicia Transicional, agregó que, en la Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos, cursan las investigaciones Nos. 11001606606420010002246 y 11001606606420010003937, en la Fiscalía 42 Especializada de la DCVDH, las primera cursa por el delito de Homicidio En Persona Protegida, en la que registra como víctima Clemente Tique Cutiva, hechos ocurridos el 13 de septiembre de 2001 en el Municipio de Natagaima, señalándose como autores de los mismos las Autodefensas Bloque Tolima; la segunda investigación cursa en esa misma Fiscalía por el delito de homicidio en persona protegida en concurso homogénea y sucesivo en concurso heterogéneo con el delito de concierto para delinquir registrando como victimas pobladores de Prado, Natagaima, y municipios del sur oriente del Tolima como son: Leticia Silva de Castro, Luz Jael Castro Silva de Lozano, MelidaHernández Lasso, Luis Carlos Jiménez Díaz y Jorge Augusto Lozano Castro. Hechos ocurridos el 26 de octubre de 2001 en Natagaima y Prado Tolima, investigaciones que se encuentran en etapa de indagatoria. Por otra parte, señaló la doctora Sandra Rubiano, Fiscal Dos Especializada de la Dirección de la delegada de la Seguridad Ciudadana, que en esa Dirección cursan concretamente 43 investigaciones respecto de Agentes del Estado combatientes, miembros de fuerza pública, investigaciones que están en la Dirección Seccional del Tolima a cargo del Fiscal 1º Especializado de Ibagué.Precisó que, en la matriz remitida en el informe, se evidencia que en el radicado No. 161344, se profirió resolución inhibitoria; que únicamente dos investigaciones se encuentran en etapa preliminar, las radicadas bajo los Nos. 238520 y 238489; en etapa de instrucción 5 investigaciones, las radicadas bajo los Nos. 238506, 237514, 238506, 238457 y 238515; en juicio 8 investigaciones, radicadas bajo los Nos. 235468, 236035, 69916, 236495, 81285, 237512, 237510 y 237414. Se comprometió la referida Fiscal a presentar en la próxima audiencia de seguimiento, de manera gráfica el resultado del avance de las investigaciones, señalando cuántas compulsas recibieron por esta estructura, en qué etapa se encuentran las investigaciones, cuántos miembros de la fuerza pública han sido condenados, medidas de aseguramiento, cuántas se han suspendido y enviado a la JEP, cuántas llegaron a sentencia absolutoria, resoluciones inhibitorias y preclusiones. ACTA 25-072022. - SEPTUAGÉSIMO PRIMERO: EXHORTAR a la Fiscalía Delegada... Se recordó a los asistentes que en la primera audiencia frente a las primeras medidas la doctora Lida Aleida Contreras Hernández, Fiscal 253 Especializada Coordinadora de Compulsas de Copias, señaló que cuentan con una matriz que da cuenta de 7 registros de compulsas respecto miembros de la fuerza pública en la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales investigaciones Radicadas bajo los Nos. radicados 160, 161, 514, 602, 629, 229 y 700, precisando que los cinco primeros se adelantan el Fiscal 15

Especializa de esa dirección, a cargo del Doctor Rodrigo Rocha y los dos últimos a cargo de la Fiscal 22 Especializada, doctora Patricia Giraldo. Indicó el primer Fiscal mencionado que en las investigaciones Nos. 629, 602 y 514 se decretó resolución inhibitoria, debidamente notificadas al Ministerio Público.La investigación radicada bajo el No.160 que cursa contra miembros de la fuerza púbica de la Policía Nacional con sede en San Luis Tolima, señores Jesús Elías Carvajal Lozano, Carlos García y Ciro Antonio Chitiva, quienes hacían parte del comando del departamento del Tolima, se encuentra en etapa de indagación preliminar, los hechos tuvieron lugar en el año 2007 y la compulsa se creó en el año 2011. RODRIGO ROCHA AZUERO, Fiscal 15 Especializado adscrito a la Unidad Nacional contra organizaciones criminales en la segunda audiencia de seguimiento frente al radicado No. 160, indicó que en octubre de 2021 se ordenó obtener una copia de la versión rendida por el postulado RICAURTE SORIS ORTIZ, quien al parecer habló de estos hechos ante la Corte suprema de Justicia en el proceso que se adelantó al senado CARLOS ARMANDO GARCIA ORJUELA, están pendientes que alleguen esa información y la la plena identidad de los integrantes de la policía nacional que laboraban en el municipio de San Luis Tolima como es JESUS ELIAS CARVAJAL LOZANO, CARLOS GRCIA y CIRO ANTONIO CHITIVA en la tercera audiencia se informaran los a avances.Y la investigación No. 161, surgió de la versión que rindió JUAN MANUEL ROJAS ROJAS, desmovilizado con MATAJUDIOS BUITRAGO, entre otros sobre la participación de alcaldes y concejales de municipios de Coyaima, Prado, Rio Blanco, Natagaima, Guamo, Saldaña, Chaparral, Piedras, Ortega, Ataco, están establecidos nombres y alcaldes, la investigación se encuentra en etapa de indagación previa, la compulsa se efectuó en el año 2011, investigación a la que se conexaron 3 radicados más. RODRIGO ROCHA AZUERO, Fiscal 15 Especializado adscrito a la Unidad Nacional contra organizaciones criminales en la segunda audiencia de seguimiento frente al radicado No. 161 precisó que se libró orden del 22 de marzo de 2022, al investigador de policía judicial asignado la despacho a fin de establecer la ubicación y la plena identidad de los Concejales Alcaldes de los municipios del Tolima que ya se relacionaron como fue Coyaima San Luis de Ataco Coyaima,

a efectos de vincularlos a la investigación, en la tercera audiencia se informaran los a avances. La Fiscal 22 Especializada, doctora Patricia Giraldo, indicó que tiene a cargo los radicados Nos. 229 y 700, dentro de los cuales se profirió resolución inhibitoria el 1º de julio de 2021 y el 1º de junio de 2018, respectivamente, y debidamente notificadas al Ministerio público, en consecuencia, no tiene procesos activos. Adicionalmente, la Coordinadora de Compulsas de Justicia Transicional, agregó que, en la Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos, cursan las investigaciones Nos. 11001606606420010002246 y 11001606606420010003937, en la Fiscalía 42 Especializada de la DCVDH, las primera cursa por el delito de homicidio en persona protegida, en la que registra como víctima Clemente Tique Cutiva, hechos ocurridos el 13 de septiembre de 2001 en el Municipio de Natagaima, señalándose como autores de los mismos las Autodefensas Bloque Tolima. En la segunda audiencia de seguimiento la doctora OLGA JULIETA RTOJAS DULVEI, Fiscalía 42 Especializada de Bogotá sobre el primero indicó que la Fiscalía analizó las versiones libres rendidas por RICAURTE SORIA ORTIZ, OSCAR OVIEDO RODRIGUEZ Y JHON JAIRO SILVA RINCON, de estas versiones se estableció que se han señalado como participes a algunos civiles

y militares que estaban en la zona, se estableció que en esa versiones de menciona a JORGE ELIECER DEBIA CALCETOALIAS EL Loco y JORGE DEVIA el hijo ganaderos de la zona y alias GFEOVANNY sargento de contrainteligencia, se identificó plenamente al primero y se le precluyó al primero respecto del hijo se logró la pela identificación pero se ha informado el 31 de agosto de 2009 que al parecer esa persona es fallecida, se esta a la espera de los documentos que demuestren el fallecimiento, frente al sargento GEOVANI TORRES, la Fiscalía libró órdenes y se obtuvo respuesta de la oficina de Talento humano del Ministerio de defensa que no identifican a ninguna persona con ese nombre, se judicializó al agente de inteligencia del RIME V JIMY ROSEMBERT ARIAS MANAJARREZ, el 3 de marzo de 2015, profiere resolución de acusación por delito de homicidio en persona protegidas y se remite al Juzgado 2º Penal del Circuito especializado de Ibague se va a establecer si ya tiene sentencia y en la tercera audiencia se informan los avances, sobre las demás personas

que han sido judicializadas tienen sentencia condenatoria JOSE ALBEIRO GARCIA ZAMBRANO, AUC, DIEGO HERNAN VERA ROLDAS, alias Águila, JHON ALBERT RIVERA VEGA, RICAURTE SORIA ORTIZ, JHOIN FREDY RUBIO SIERRA, JHON JAIRO SILVA RINCON, OSCAR OVIEDO RODRIGUEZ fue condenado, se profirió resolución de preclusión a favor de ARNULFO RICOTA TAFUR alias la zorra y JOSE WILTON BEDOYA alias Moisés, se profirió resolución inhibitoria por muerte de FRANJLIN CAMACHO TELEZ y MILLER CASALLA BERNAL, se vinculó a HUMBERTO MENDOZA CASTILLO excluido de Justicia Transicional, esta programada la sentencia anticipada para el 25 de agosto de este año, hay otras personas pendientes de vinculación luego de identificación como son alias Pocheche, Franco, Jerónimo, Brayan, Pocholo y 350 de este último tiene el radicado donde se está investigando su desaparición forzada, respecto de alias Franco al parecer responde al nombre de ELKIN MORENO GONZLEZ y alias Pocheche al parecer a LOPEZ VENEGAS, se está verificando en la tercera audiencia de seguimiento informara los avances. La segunda investigación 1100160660642001000393 cursa en esa misma Fiscalía por el delito de homicidio en persona protegida en concurso homogénea y sucesivo en concurso heterogéneo con el delito de concierto para delinquir registrando como victimas pobladores de Prado, Natagaima, y municipios del sur oriente del Tolima como son: Leticia Silva de Castro, Luz Jael Castro Silva de Lozano, Mélida Hernández Lasso, Luis Carlos Jiménez Díaz y Jorge Augusto Lozano Castro. Hechos ocurridos el 26 de octubre de 2001 en Natagaima y Prado Tolima, investigaciones que se encuentran en etapa de indagatoria. En la segunda audiencia de seguimiento la doctora OLGA JULIETA RTOJAS DULVEI, Fiscalía 42 Especializada de Bogotá, dijo que corresponde a la operación Monte Frio que tuvo lugar en Natagaima el 26 de octubre de 2001, se estableció con las versiones de los postulados RICAURTE SORIA ORTIZ y JHON JAIRO SILVA RINCON, que participó el NN sargento de policía de Prado y el comandante de la estación de policía de Natagaima, se ha revisado cada versión una de ellas el 3 de septiembre de 2010 y las afirmaciones que hacen son generalizadas, sin embargo se han labores investigativas tendientes a establecer que personal laboraba en esa zona y se obtuvo información por parte de policía judicial en donde se estableció el nombre del comandante de la estación de Natagaima para octubre de 2001, el cual corresponde al Sub teniente HOBER EDWIN CUELLAR CASTAÑEDA, el subcomandante es un sargento segundo PEDRO ALEXANDER RODRIGUEZ VIVAS, quien al parecer está fallecido, de la estación de policía de prado el comandante era un intendente retirado JOSE NIXON MORENO CASTÑO, esa información se recibió recientemente se esta pendiente se ubicarlos y como no hay sindicaciónsobre la participación de éstos se citaran para escucharlos en declaración y establecer qué conocen sobre los hechos, de las ultima labores se vinculó al excluido HUMBERTO MENDOZA CASTILLO, quien solicitó sentencia anticipada, en la tercera audiencia de seguimiento se informaran los avances., Sobre los radicados Nos. 7681 y 7685 rinde informe en la segunda audiencia de seguimiento el doctor JOSE ALONSO PEREZ HUERTAS Fiscal 153 de derechos humanos, precisó que fue comisionado para rendir el informe, pero las investigaciones son procesos inactivos a cargo de un despacho que se suprimió el despacho 103 Especializado, en el 7681 en el SPOA aparece como una última actuación una sentencia condenatoria proferida por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Ibagué, de fecha 31 de enero de 2014, en contra de FERNANDO DIAZ CONTRERAS, frente al 7685 aparece como ultima actuación en el SPOA sentencia condenatoria proferida por el Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado de Ibagué de fecha 9 de febrero de 2018 en contra de GUSTAVO DUCUARA LOPEZ, mencionado en la respectivas compulsas de copias, siendo víctima RICARDO CONDE ALARCON. Sobre el radicado No. 9336, en la segunda audiencia de seguimiento la doctora NORMA CONTANZA MONJE SANDINO, Fiscal 116 Especializada de Neiva, precisó que ese radicado se adelanta por el deceso de JOSE ALEXANDER MUÑOZ y JHON FREDY LOAIZA en hecho sucedido EL 13 DE ABVRIL en el 2003, en la zona rural de Ortega Tolima, como una ejecución extrajudicial en la que tuvieron al parecer vinculación miembrosdel Batallón No. 17 General domingo Caicedo de Chaparral Tolima, el Coronel JOSE DUMAR GIRALDO HERNANDEZ, falleció y estaba sometido a la JEP se le declaró la extinción por muerte a lo largo de la investigación se ha manejado una información de la participación del Teniente RODRIGUEZ, no se ha podido

establecer quién es el Teniente Rodríguez pero dentro de los que participaron en la operación militar figura OLMAN DARIO RODRIGUEZ BAUTISTA, para el momento de los hechos Teniente, se está tratando de identificar a año viejo quien aparece como HUMBERTO N en la compulsa que enviaron, los demás militaresestán en proceso de sometimiento en la JEP, informara los avances en la tercera audiencia de seguimiento. Por otra parte, señaló la doctora Sandra Rubiano, Fiscal Dos Especializada de la Dirección de la delegada de

la Seguridad Ciudadana, que en esa Dirección cursan concretamente 43 investigaciones que todas cursan respecto de Agentes del Estado combatientes, miembros de fuerza pública, investigaciones que están en la Dirección Seccional del Tolima a cargo del Fiscal 1º Especializado de Ibagué.Precisó que, en la matriz remitida en el informe, se evidencia que en el radicado No. 161344, se profirió resolución inhibitoria; que únicamente dos investigaciones se encuentran en etapa preliminar, las radicadas bajo los Nos. 238520 y 238489; en etapa de instrucción 5 investigaciones, las radicadas bajo los Nos. 238506, 237514, 238506, 238457 y 238515; en juicio 8 investigaciones, radicadas bajo los Nos. 235468, 236035, 69916, 236495, 81285, 237512, 237510 y 237414. Se comprometió la referida Fiscal a presentar en esta audiencia de manera gráfica el resultado del avance de las investigaciones, señalando cuántas compulsas recibieron por esta estructura, en qué etapa se encuentran las investigaciones, cuántos miembros de la fuerza pública han sido condenados, medidas de aseguramiento, cuántas se han suspendido y enviado a la JEP, cuántas llegaron a sentencia absolutoria, resoluciones inhibitorias y preclusiones, por lo que se les otorga el uso de la palabra para el efecto.La doctora SANDRA RUBIANO FERRO Fiscal 2ª Especializada de la delegada para la seguridad Territorialprecisó en la segunda audiencia de seguimiento que de las 51 compulsas se aperturarón 40 procesos, de esos procesos a la fecha hay 24 inactivos y 16 activos, dentro de los activos hay 2 compulsas que están haciéndole

en rastreo para ve4rificar el radicado que le fue asignado estos corresponden a la compulsa 07923 y 10881 que efectuara el despacho 56 delegado ante el Tribunal Superior a cargo de la doctora MARTHA LUCIA MEJIA DUQUE, respecto de un coronel RODRIGUEZ, quien efectuaba venta de armas y proveer armas al Bloque Tolima, también respecto de un miembro de la policía nacional que era agente de la policía de Saldaña JANS LAINDER que a la fecha se entendía como mayor de la policía se está haciendo rastreo porque en los sistemas

misionales no se ha encontrado el radicado, sino se encuentra se aperturará, sobre los 14 restantes activos 56 están en etapa de juicio que con los radicados Nos. 235468, 69916, 81285, 237510, 237414, 237512, los 8 que están en investigación previa son 238506, 237265, 237152, 237514, 237505, 237513, 238620, y 238514, los inactivos son 24 4 de ellos porque fueron remitidos uno de ellos a al justicia penal militar que es el 236495, otros 3 remitidos a la Unidad Nacional contra derechos Humanos que son el 236043, 236129, 238773, esto se

reportó a la Unidad Nacional de Derechos Humanos para que tome nota de los mismos para los posteriores reportes, los demás inactivos 1 en la seccional Cundinamarca ya reportado el 161344, este proceso se adelantada contra el Comandante de la Policía de Girardot de apellido Caucedo y Acevedo, en este radicado el Fiscal 5º Especializado de Cundinamarca profirió decisión inhibitorio el 21 de octubre de 2021 sobre la base de entender que este ciudadano fue investigado por los mismos hechos en el radicado No 160212, frente al

radicado No 182748 inactivo por cuenta de la decisión inhibitoria del 22 de febrero de 2002, respecto del Cabo de Ejército Alexander Loaiza, radicado No 2360453, fue remitido a la Fiscalía de derechos humanos, radicado No 236160 está inactivo por decisión de preclusión y archivo del 4 de noviembre de 2015, respecto de los agentes de policía de Lérida JHON JAIRO GALEANO y WILSON PALACIOS, radicado No 236162, también inactivo por decisión inhibitoria del 19 de mayo de 2017, respecto de unos funcionario sargentos retirados del

Ejército de apellidos Valenciano y González sargento y cabo respectivamente, el radicado 236161 con inhibitorio del 17 de julio de 2012, respecto del sargento NN Amador, radicado No 236159 inactivo también con una decisión inhibitoria del 17 de junio de 2012 respecto de un capitán de policía TELLEZ el radicado No 236160 inactivo también por cuenta de una decisión de preclusión respecto del sargento retirado del Ejército WILSON PALACIOS, radicado No, 236122 decisión inhibitoria del 19 de septiembre de 2011, respecto del sargento del

ejército alias Paco, el radicado No 236124 preclusión del 6 de julio de 2018 respecto de un miembro de la fuerza pública de apellido González, en el radicado 236144, inactivo también por decisión inhibitoria del 10 de octubre de 2011, respecto de un Coronel Rojas del Ejército, en el radicado No 236143 también inactivo, con decisión inhibitoria del 14 de enero de 2013, respecto de GUILLERMO DEL BASTO del Ejército Nacional, el radicado No., 236129 se halla inactivo por remisión a la unidad Nacional de Derechos Humanos, el 236035 se está reportando como inactivo aunque estaba en audiencia preparatoria en juicio, se está verificando el estado para informarlo en la siguiente audiencia, el 236162 está inactivo por inhibitorio del 19 de mayo de 2017, respecto de un sargento del ejército de apellido González y Pinzón del Batallón de Honda, radicado No 236959, inactivo por preclusión del 10 de julio de 2015, respecto de un miembro de la policía nacional de apellido Salas, en el radicado 236092 existe una decisión de extinción de la acción penal por prescripción en favor de JAIME ALBERTO ACOSTA PAVA exalcalde del municipio de Piedras, radicado No. 236959 inactivo preclusión del 10 de julio de 2015, respecto de LUIS EUGENIO SALAS CARDONA Comandante de la Policía de Chaparral, radicado No 237338 inhibitorio del 14 de marzo de 2017, respecto de un miembro de la fuerza pública de apellido BORRE, perteneciente al Batallón Domingo Caicedo Chaparral, radicado No 238497 inactivo por decisión de preclusión del 2 de noviembre de 2016, respecto de un miembro de la fuerza pública CARDOZO, Radicado No. 236124 inactivo por decisión de preclusión del 6 de julio de 2018, respecto de JORGE ORLANDO GONZALEZ agente del estado, Radicado No. 238534 inactivo por decisión de preclusión y archivo del 2 de enero de 2017, respecto de los soldados BELTRAN BELTRAN JUAN NIXON, Alirio de Jesús Aristizábal, José Antonio Carrillo Daza, José Yesid Castellanos y León Calleja Días, radicado No 238516 inactivo por decisión de preclusión, radicado No. 237538 inactivo por decisión inhibitoria, radicado No 238489, inactivo por inhibitorio del 4 de noviembre de 2021 respecto de JIMY ROSERBERG alias Manjarrez y JESUS DAVID RUBIANO, por ultimo el 238141 inactivo por la decisión inhibitoria de 21 de julio de 2016 respecto de un agente de la SIJIN de la Policía de Ibague alias Ospina, en la próxima audiencia se referirá únicamente a los activos.

 

Hernández, Fiscal 253 Especializada Coordinadora de Compulsas de Copias, señaló que cuentan con una matriz que da cuenta de 7 registros de compulsas respecto miembros de la fuerza pública en la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales investigaciones Radicadas bajo los Nos. radicados 160, 161, 514, 602, 629, 229 y 700, precisando que los cinco primeros se adelantan el Fiscal 15 Especializa de esa dirección, a cargo del Doctor Rodrigo Rocha y los dos últimos a cargo de la Fiscal 22 Especializada, doctora Patricia Giraldo.

 

Indicó el primer Fiscal mencionado que en las investigaciones Nos. 629, 602 y 514 se decretó resolución inhibitoria, debidamente notificadas al Ministerio Público.

 

La investigación radicada bajo el No.160 que cursa contra miembros de la fuerza púbica de la Policía Nacional con sede en San Luis Tolima, señores Jesús Elías Carvajal Lozano, Carlos García y Ciro Antonio Chitiva, quienes hacían parte del comando del departamento del Tolima, se encuentra en etapa de indagación preliminar, los hechos tuvieron lugar en el año 2007 y la compulsa se creó en el año 2011. RODRIGO ROCHA AZUERO, Fiscal 15 Especializado adscrito a la Unidad Nacional contra organizaciones criminales en la segunda audiencia de seguimiento frente al radicado No. 160,

indicó que en octubre de 2021 se ordenó obtener una copia de la versión rendida por el postulado RICAURTE SORIS ORTIZ, quien al parecer habló de estos hechos ante la Corte suprema de Justicia en el proceso que se adelantó al senador CARLOS ARMANDO GARCIA ORJUELA, están pendientes que alleguen esa información y la l plena identidad de los integrantes de la policía nacional que laboraban en el municipio de San Luis Tolima como es JESUS ELIAS CARVAJAL LOZANO, CARLOS GRACIA y CIRO ANTONIO CHITIVA en la tercera audiencia se informaran los a avances.

 

Acta 15 de agosto de 2023

 

Se recordó a los asistentes que en la primera audiencia frente a las primeras medidas la doctora Lida Aleida Contreras Hernández, Fiscal 253 Especializada Coordinadora de Compulsas de Copias, señaló que cuentan con una matriz que da cuenta de 7 registros de compulsas respecto miembros de la fuerza pública en la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales investigaciones Radicadas bajo los Nos. radicados 160, 161, 514, 602, 629, 229 y 700, precisando que los cinco primeros se adelantan el Fiscal 15 Especializa de esa dirección, a cargo del Doctor Rodrigo Rocha y los dos últimos a cargo de la Fiscal 22 Especializada, doctora Patricia Giraldo. Indicó el primer Fiscal mencionado que en las investigaciones Nos. 629, 602 y 514 se decretó resolución inhibitoria, debidamente notificadas al Ministerio Público. La investigación radicada bajo el No.160 que cursa contra miembros de la fuerza púbica de la Policía Nacional con sede en San Luis Tolima, señores Jesús Elías Carvajal Lozano, Carlos García y Ciro Antonio Chitiva, quienes hacían parte del comando del departamento del Tolima, se encuentra en etapa de indagación preliminar, los hechos tuvieron lugar en el año 2007 y la compulsa se creó en el año 2011. RODRIGO ROCHA AZUERO, Fiscal 15 Especializado adscrito a la Unidad Nacional contra organizaciones criminales en la segunda audiencia de seguimiento frente al radicado No. 160, indicó que en octubre de 2021 se ordenó obtener una copia de la versión rendida por el postulado RICAURTE SORIS ORTIZ, quien al parecer habló de estos hechos ante la Corte suprema de Justicia en el proceso que se adelantó al senador CARLOS ARMANDO GARCIA ORJUELA, están pendientes que alleguen esa información y la l plena identidad de los integrantes de la policía nacional que laboraban en el municipio de San Luis Tolima como es JESUS ELIAS CARVAJAL LOZANO, CARLOS GRACIA y CIRO ANTONIO CHITIVA en la tercera audiencia se informaran los a avances. En la tercera audiencia de seguimiento se informó que actualmente el radicado No. 160 lo conoce el doctor ROBERTO QUINTERO Fiscal 15 Especializado, quien indicó que esta investigación se adelantaba contra el senador CARLOS ARMANDO GARCIA ORJUELA por el punible de concierto para delinquir quien fue condenado el 29 de septiembre de 2019, por la H. Corte Suprema de Justicia absolviéndolo por duda, sigue en etapa de indagación preliminar, respecto Jesús Elías Carvajal Lozano, Carlos García y Ciro Antonio Chitiva, quienes hacían parte del comando del departamento del Tolima, precisó que respecto del último es decir CHITIVA, no se adelantará investigación porque el despacho 107 de la Unidad de derechos humanos lo investiga por concierto para delinquir agravado dentro del radicado No. 3937, que son los mismos, hechos, desconoce la etapa de ese proceso, respecto del primero JESUS ELIAS CARVAJAL LOZANO secretario del planeación del municipio de Dan Luis Tolima, frente a CARLOS GARCIA, se adoptarán las correspondiente decisiones para proceder para dar por terminada la acción penal atendiendo el falo de la corte, no hay miembros de la fuerza pública por vincular, se precisó que la cuarta audiencia de seguimiento al cumplimiento de las medidas de reparación tendrá lugar los días martes y miércoles 27 y 28 de agosto de 2024, de 9:00 A.M. a 5:00 P.M. los dos días.

 

El doctor NELSON TORRES MURILLO Procurador Judicial I Judicial II, preguntó si se compulsaron copias disciplinarias, respecto de JESUS ELIAS CARVAJAL LOZANO, indica que en diligenciamiento no se tiene conocimiento que se haya compulsado copias disciplinarias, la doctora LEILA BARRERA MARTINEZ Fiscal 108 Especializada 3506013216, precisó que aparece una compulsa disciplinaria en contra de esa persona, no tiene fecha de la compulsa, la establecerá e incluirá el caso en el informe de compulsas disciplinarias que deberá allegar el 15 hábiles siguiente remitiendo copia la delegado del Ministerio Público. Y la investigación No. 161, surgió de la versión que rindió JUAN MANUEL ROJAS ROJAS, desmovilizado con MATAJUDIOS BUITRAGO, entre otros sobre la participación de alcaldes y concejales de municipios de Coyaima, Prado, Rio Blanco, Natagaima, Guamo, Saldaña, Chaparral, Piedras, Ortega, Ataco, están establecidos nombres y alcaldes, la investigación se encuentra en etapa de indagación previa, la compulsa se efectuó en el año 2011, investigación a la que se conexaron 3 radicados más. RODRIGO ROCHA AZUERO, Fiscal 15 Especializado adscrito a la Unidad Nacional contra organizaciones criminales en la segunda audiencia de seguimiento frente al radicado No. 161 precisó que se libró orden del 22 de marzo de 2022, al investigador de policía judicial asignado la despacho a fin de establecer la ubicación y la plena identidad de los Concejales Alcaldes de los municipios del Tolima que ya se relacionaron como fue Coyaima San Luis de Ataco Coyaima, a efectos de vincularlos a la investigación, en la tercera audiencia se informaran los a avances. En la tercera audiencia de seguimiento se informó que actualmente el radicado No. 161 lo conoce el doctor ROBERTO QUINTERO Fiscal 15 Especializado, quien indicó que no se judicializó en la investigación miembros de la fuerza público sino funcionarios públicos, precisó que esa investigación fue remitida al grupo de compulsas de copias del la Dirección de Justicia Transicional el 10 de octubre de 2022, la doctora DIANA SALAZAR SOLIS informó que se va establecer a quién correspondió y en la 4ª audiencia de seguimiento se presentará el informe. La Fiscal 22 Especializada, doctora Patricia Giraldo, indicó que tiene a cargo los radicados Nos. 229 y 700, dentro de los cuales se profirió resolución inhibitoria el 1º de julio de 2021 y el 1º de junio de 2018, respectivamente, y debidamente notificadas al Ministerio público, en consecuencia, no tiene procesos activos. Adicionalmente, la Coordinadora de Compulsas de Justicia Transicional, agregó que, en la Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos, cursan las investigaciones Nos. 11001606606420010002246 y 11001606606420010003937, en la Fiscalía 42 Especializada de la DCVDH, las primera cursa por el delito de homicidio en persona protegida, en la que registra como víctima Clemente Tique Cutiva, hechos ocurridos el 13 de septiembre de 2001 en el Municipio de Natagaima, señalándose como autores de los mismos las Autodefensas Bloque Tolima. En la segunda audiencia de seguimiento la doctora OLGA JULIETA ROJAS DULVEI, Fiscalía 42 Especializada de Bogotá sobre el primero indicó que la Fiscalía analizó las versiones libres rendidas por RICAURTE SORIA ORTIZ, OSCAR OVIEDO RODRIGUEZ Y JHON JAIRO SILVA RINCON, de estas versiones se estableció que se han señalado como participes a algunos civiles y militares que estaban en la zona, se estableció que en esa versiones de menciona a JORGE ELIECER DEBIA CALCETOALIAS EL Loco y JORGE DEVIA el hijo ganaderos de la zona y alias GEOVANNY sargento de contrainteligencia, se identificó plenamente al primero y se le precluyó al primero respecto del hijo se logró la plena identificación pero se ha informado el 31 de agosto de 2009 que al parecer esa persona es fallecida, se está a la espera de los documentos que demuestren el fallecimiento, frente al sargento GEOVANI TORRES, la Fiscalía libró órdenes y se obtuvo respuesta de la oficina de Talento humano del Ministerio de defensa que no identifican a ninguna persona con ese nombre, se judicializó al agente de inteligencia del RIME V JIMY ROSEMBERT ARIAS MANJARREZ, el 3 de marzo de 2015, profiere resolución de acusación por delito de homicidio en persona protegidas y se remite al Juzgado 2º Penal del Circuito Especializado de Ibagué se va a establecer si ya tiene sentencia y en la tercera audiencia se informan los avances, sobre las demás personas que han sido judicializadas tienen sentencia condenatoria JOSE ALBEIRO GARCIA ZAMBRANO, AUC, DIEGO HERNAN VERA ROLDAS, alias Águila, JHON ALBERT RIVERA VEGA, RICAURTE SORIA ORTIZ, JHOIN FREDY RUBIO SIERRA, JHON JAIRO SILVA RINCON, OSCAR OVIEDO RODRIGUEZ fue condenado, se profirió resolución de preclusión a favor de ARNULFO RICOTA TAFUR alias la zorra y JOSE WILTON BEDOYA alias Moisés, se profirió resolución inhibitoria por muerte de FRANJLIN CAMACHO TELEZ y MILLER CASALLA BERNAL, se vinculó a HUMBERTO MENDOZA CASTILLO excluido de Justicia Transicional, está programada la sentencia anticipada para el 25 de agosto de este año, hay otras personas pendientes de vinculación luego de identificación como son alias Pocheche, Franco, Jerónimo, Brayan, Pocholo y 350 de este último tiene el radicado donde se está investigando su desaparición forzada, respecto de alias Franco al parecer responde al nombre de ELKIN MORENO GONZALEZ y alias Pocheche al parecer a LOPEZ VENEGAS, se está verificando en la tercera audiencia de seguimiento informara los avances.

 





"SEPTUAGÉSIMO TERCERO:

 

De conformidad con la intervención realizada por HUMBERTO MENDOZA CASTILLO y el postulado ATANAEL MATAJUDIOS BUITRAGO, en punto a los terceros civiles que presuntamente auspiciaron la llegada del grupo ilegal al norte del departamento del Tolima (tal como se expone en el apartado “Evolución espaciotemporal del Bloque Tolima"), se hace necesario compulsar copias ante la Fiscalía General de la Nación en contra de los ciudadanos Rafael Ortiz, Mauricio Ortiz, Víctor Bocanegra, Benigno Ortiz, David Herrera, Buenaventura Góngora, Jairo Acosta, Humberto Bonilla, Enrique Salas e Ignacio Alvira, acorde con lo estudiado en la parte motiva de esta decisión."

ACTA 21-10-2021 - “SEPTUAGÉSIMO TERCERO: De conformidad con la intervención…  Frente a la anterior medida la doctora Ana Milena Acevedo Villamil, Fiscal 108 Seccional en apoyo de la Fiscal 47 delegada, refirió que emitieron orden policía judicial habiendo recibido el informe de policía judicial No. 9472901, con base en el cual radicarán la compulsa de copias y en la próxima audiencia se informarán los avances. ACTA 25-07-2022- “SEPTUAGÉSIMO TERCERO: De conformidad con la intervención... Se recordó a los asistentes que en la primera audiencia frente a la primera medida la doctora Ana Milena Acevedo Villamil, Fiscal 108 Seccional en apoyo de la Fiscal 47 delegada, refirió que emitieron orden policía judicial habiendo recibido el informe de policía judicial No. 9472901, con base en el cual radicarán la compulsa de copias y se comprometió para la presente audiencia a informar los avances, por lo que se le otorga el uso de la palabra para el efecto. La doctora LIDA ALEIDA CONTRERAS, precisó que esa se refiere al oficio No. 41431 del 1º de junio de 2022, se ha tratado de establecer a qué se le asignó, La Doctora LEILA SOFIA BARRERA MARTINEZ, Fiscal 108 Especializada actuando en apoyo TIBERIO MAYA VERA Fiscal 7º delegado ante el Tribunal, se comprometió a rastrearlo y establecer que Fiscalía asumió el conocimiento y solicitar informe para la próxima audiencia

Acta 15 de agosto de 2023

“Se recordó a los asistentes que en la primera audiencia frente a la primera medida la doctora Ana Milena Acevedo Villamil, Fiscal 108 Seccional en apoyo de la Fiscal 47 delegada, refirió que emitieron orden policía judicial habiendo recibido el informe de policía judicial No. 9472901, con base en el cual radicarán la compulsa de copias y se comprometió para la presente audiencia a informar los avances, por lo que se le otorga el uso de la palabra para el efecto.

La doctora LIDA ALEIDA CONTRERAS, precisó que esa se refiere al oficio No. 41431 del 1º de junio de
2022, se ha tratado de establecer a quién se le asignó. La Doctora LEILA SOFIA BARRERA MARTINEZ, Fiscal 108 Especializada actuando en apoyo TIBERIO MAYA VERA Fiscal 7º delegado ante el Tribunal, se comprometió a rastrearlo y establecer que Fiscalía asumió el conocimiento y solicitar informe para la próxima audiencia.” Se precisó que la cuarta audiencia de seguimiento al cumplimiento de las medidas de reparación tendrá lugar los días martes y miércoles 27 y 28 de agosto de 2024, 5:00 P.M. los dos días se rendirá el respectivo informe que no se puso recibir por lo avanzado de la hora.​

"SEPTUAGÉSIMO CUARTO: EXHORTAR a la Fiscalía General de la Nación

 

Para que en los hechos 157 – 6, 131 – 7 y 193 – 80, investigue la posible intervención de terceros para el cometimiento de los homicidios en persona protegida ya legalizados, tal como se esbozó en cada uno de ellos. Así mismo, si las siguientes personas fueron determinadoras en los delitos cometidos por el Bloque Tolima: En el hecho 191 – 40, 78 – 107, 162 – 228 y 106 - 94, Luis Marín; en el hecho 199 – 146, Armando Bernate; en el hecho 210 – 82, Rafael Ortiz; en el hecho 51 - 5, Alfredo Sánchez; en el hecho 39 – 84, Ramiro Prada y Alejandro Bernal; en el hecho 273 – 374, Ricardo Ramírez; en el hecho 115 – 217, Jairo Alberto Acosta Pava; en el hecho 53 – 38 y 314 - 342, Mercedes Ibarra; en el hecho 50 – 122, Alejandro Guzmán; en el hecho 96 – 8, 57 – 71 y 58 - 72, Enrique Salas e Ignacio Alvira; en el hecho 25 – 215, Gustavo Giraldo; en el hecho 194 – 42, Jaime Fajardo; en el hecho 88 – 237, Javier Valencia; en el hecho 79 – 212, John  Jairo Céspedes Suárez; en el hecho 131 – 7, Saùl Guillermo Sánchez Suárez; en el hecho 210 – 82, Rafael Ortiz; y en el hecho 39 - 84, Julio Cesar Castro Gómez, que de ser el caso, se hará la respectiva compulsación de copias."

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SEPTUAGÉSIMO SEGUNDO: En el mismo sentido de la anterior exhortación, pero con base en lo consignado en el literal D del apartado Aspecto Finales, se EXHORTA a la Fiscalía General de la Nación, para que recabe en los resultados de las compulsas de copias realizadas en contra de las personas que se enlistaron en dicho acápite, tal como se consideró.


ACTA 21-10-2021 - “SEPTUAGÉSIMO CUARTO: EXHORTAR a la fiscalía general de la Nación… Frente a la anterior medida la doctora Ana Milena Acevedo Villamil, Fiscal 108 Seccional en apoyo de la Fiscal 47 delegada, refirió, que se ya se hicieron 4 compulsas de copias, que hay unas que no se realizaron respecto de RAFAEL ORTIZ porque ya falleció y otra que se efectuará esta semana e informará de los avances en la próxima audiencia de seguimiento.
















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ACTA 21-10-2021 -“SEPTUAGÉSIMO SEGUNDO: En el mismo sentido de la anterior exhortación… La Coordinadora de Compulsas de Justicia Transicional, señaló que procedió a consultar el estado actual de las 46 investigaciones relacionadas en la sentencia parcial transicional en los sistemas misionales de  información (SIJUF y SPOA), arrojando la siguiente información: . En la segunda audiencia de seguimiento la doctora SANDRA RUBIANO FERRO Fiscal 2ª Especializada de la delegada para la seguridad Territorial precisó que de esas 46 investigaciones luego de la depuración como hay duplicidad realmente son 27 procesos, de los cuales hay dos procesos que no corresponde a la delegada para la seguridad territorial que son el radicado No. 484 que esta en la Dirección Especializada contra organizaciones Criminales y 9891 que está en la Unidad Nacional de derechos Humanos, precisa que a cargo de la Fiscalía 1 Especializada de la Seccional Tolima tienen el radicado No 238040, contra RICARDO RAMIREZ ARANGO tercero, tuvo cierre de investigación yal calificar el Fiscal precluye el 10 de mayo de 2022 decisión ejecutoriada, radicado No 234548, que corresponde a numerales 2º y 3º contra KIROC LEONIDAD ROJAS OVIEDO y RICARDO RAMIREZ ARANGO, miembro del Das, se profirió inhibitorio el 30 de agosto de 2011, por inexistencia del hecho, radicado No. 238011 contra JORGE ALEJANDRO ORTIZ, por concierto para delinquir, se profirió decisión de preclusión apelada y la segunda instancia revoca la decisión respecto de concierto para delinquir y desplazamiento forzado confirma respecto de homicidio y esta en juzgamiento por los primero delitos el 4 de noviembre de 2021, al Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado de Ibague para etapa de Juzgamiento, radicado No. 3602 contra JORGE ALEJANDRO ORTIZ, se está actualizando la información contra JORGE ALEJANDRO ORTIZ, radicado No. 237508 asociado al radicado No 181959, se investigaron a UBER VILLANUEVA, ganadero fallecido de Puerto Saldaña y el policía JAILANDER, inhibitorio respecto de JAILANDER y preclusiva por el fallecimiento, radicado No. 237232 con relación a MAYER AUGUSTO GOMEZ y AGUIRRE TELLEZ, alias Gómez activo hay resolución de acusación en etapa de juicio, radicado No. 237508 adelantado contra JOSE GUILLERMO DEL BASTO JAIMES, JOSE NIXON MORENO CASTAÑO y REINALDO ANTONIO RODRIGUEZ, donde es víctima ALEX DUACUARA, tuvo decisión decisión inhibitoria ejecutoriada el 31 de marzo de 2017, radicado No. 117367 que tiene dos registros MARIO ENRIQUE GOMEZ, exgerente de USOCOELLO, IGNACIO ALVIRA, hacendado del Guamo, este proceso adelantado en Fiscalía 7ª Especializada de Ibague, estaba en preparatoria, radicado No. 237331 LUIS ALFONSO MARIN NAVARRO y BASILIO RUIZ, la Fiscalía Especializada hizo remisión del proceso a otra Fiscalía, se esta rastreando la remisión para trasladarlo a la Unidad correspondiente, radicado No 203290 asociado a JULIO CESAR CASTRO GOMEZ, víctima FERNANDO JOSE DEVIA, la Fiscalía 6ª Especializada de Ibague tuvo a cargo esa instrucción y luego cuando se unifica la carga este Fiscal cierra la investigación el 17 de mayo de 2017, califica con preclusión la investigación ejecutoriada el 17 de octubre de 2017, radicado No. 132697 respecto del señalado ENRIQUE SALAS tercero, GUILLERMO IGNACIO ELVIRA y JOSE IGNACIO MURILLO por el Homicidio de MARTHA LOZANO DE ROCHA, JOSE ADULFO ROCHA, ADONIAS ROCHA, radicado No. 236162 GUSTAVO GIRALDO DUQUE, están establecido si fueron conexidad y cuál es el radicado matriz, radicado No. 62363 LUIS CARLOS SAAVEDRA y ORLANDO RAMIREZ, se remitió por la Fiscalía 4ª especializada, radicado No.236128 respecto de OLIMPA AHUMADA, LUZ MIRIAM, HUMBERTO BONILLA, correspondió a la Fisca 6ªEspecializada de Ibague con inhibitorio el 25 de septiembre de 2012 sobre las dos primeras mencionadas, respecto del ultimo preclusión del 24 de marzo de 2001, radicado No. 190866 este compromete a SILVERIO GONGORA ex alcalde el municipio de SAN LUIS, GLORIA STELLLA ORTIZ, radicado 231393 TULIO RAMIREZ, presunto financiador, Fisca 6ª Especializada de Ibague precluye el 30 de diciembre de 2016, radicado No 234327 TULIO RAMIREZ, GILBERTO RAMIREZ, ISMAEL DIAZ, GERMAN RAMIREZ y JUAN CARLOS RAMIREZ, Fisca 6ª Especializada de Ibague preclusión del 13 de julio de 2012, respecto de todos, radicado No. 3285 conexado al 238528 respecto de ALEJANDRO GUZMAN HERNANDEZ, DARWIN ANTONIO SALAS AGUILAR y JULIO CESDAR CASTRRO GOMEZ, radicado No. 238486 LUIS ALFONSO MARIN NAVARRO, Fisca 6ª Especializada de Ibague inhibitorio de la Fiscalía 1ª de Purificación Tolima, radicado No. 238528 JULIO CESAR CASTRO GOMEZ, víctimas ALEXANDER VALDERRAMA DEBIA, ÁNGEL ALBERTO GUZMAN FLORES, JOSE MAURICIO MEDNOZA GUZMAN, radicado No 162152 respecto de JOSE DEL CARMEN PUEROT GONZALEZ, Fisca 6ª Especializada de Ibague tiene apertura de instrucción de 2018, radicado No. 238457 CARLOS JOSE RODRIGUEZ DIAZ y YUDAN GUIZA ANGULO, en instrucción, radicado No.237346 JOSE IGNACIO MURILLO PARRA Fisca 6ª Especializada de Ibague, radicado No. 237212 ALFONSO CAMELO GOMEZ y JHOSE NISO MORENO CASTAÑO, hay acusación del 10 de diciembre de 2014, inició en la Fiscalía 6ª Especializada y está a cargo de la Fiscalía 1ª especializada en juicio, se actualizara el informe en la tercera audiencia de seguimiento. TABLA 2- Misma informacion que esta en el Acta 27-07-2022.

 

Acta 15 de agosto de 2023:

 

En la anterior audiencia de seguimiento se informó lo siguiente:

“Se recordó a los asistentes que en la anterior audiencia de esta naturaleza la Coordinadora de Compulsas de Justicia Transicional, señaló que procedió a consultar el estado actual de las 46 investigaciones relacionadas en la sentencia parcial transicional en los sistemas misionales de información (SIJUF y SPOA), arrojando la siguiente información: (...)

(​​CUADRO ANEXO - Acta 15 de agosto de 2023)

(...) “En la segunda audiencia de seguimiento la doctora SANDRA RUBIANO FERRO Fiscal 2ª Especializada de la delegada para la seguridad Territorial precisó que de esas 46 investigaciones luego de la depuración como hay duplicidad realmente son 27 procesos, de los cuales hay dos procesos que no corresponde a la delegada para la seguridad territorial que son el radicado No. 484 que está en la Dirección Especializada contra organizaciones Criminales y 9891 que está en la Unidad Nacional de derechos Humanos, precisa que a cargo de la Fiscalía 1 Especializada de la Seccional Tolima tienen el radicado No 238040, contra RICARDO RAMIREZ ARANGO tercero, tuvo cierre de investigación y al calificar el Fiscal precluye el 10 de mayo de 2022 decisión ejecutoriada, radicado No 234548, que corresponde a numerales 2º y 3º contra KIROC LEONIDAD ROJAS OVIEDO y RICARDO RAMIREZ ARANGO, miembro del Das, se profirió inhibitorio el 30 de agosto de 2011, por inexistencia del hecho, radicado No. 238011 contra JORGE ALEJANDRO ORTIZ, por concierto para delinquir, se profirió decisión de preclusión apelada y la segunda instancia revoca la decisión respecto de concierto para delinquir y desplazamiento forzado confirma respecto de homicidio y está en juzgamiento por los primero delitos el 4 de noviembre de 2021, al Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado de Ibagué para etapa de Juzgamiento, radicado No. 3602 contra JORGE ALEJANDRO ORTIZ, se está actualizando la información contra JORGE ALEJANDRO ORTIZ, radicado No. 237508 asociado al radicado No 181959, se investigaron a UBER VILLANUEVA, ganadero fallecido de Puerto Saldaña y el policía JAILANDER, inhibitorio respecto de JAILANDER y preclusiva por el fallecimiento, radicado No. 237232 con relación a MAYER AUGUSTO GOMEZ y AGUIRRE TELLEZ, alias Gómez activo hay resolución de acusación en etapa de juicio, radicado No. 237508 adelantado contra JOSE GUILLERMO DEL BASTO JAIMES, JOSE NIXON MORENO CASTAÑO y REINALDO ANTONIO RODRIGUEZ, donde es víctima ALEX DUACUARA, tuvo decisión decisión inhibitoria ejecutoriada el 31 de marzo de 2017, radicado No. 117367 que tiene dos registros MARIO ENRIQUE GOMEZ, exgerente de USOCOELLO, IGNACIO ALVIRA, hacendado del Guamo, este proceso adelantado en Fiscalía 7ª Especializada de Ibagué, estaba en preparatoria, radicado No. 237331 LUIS ALFONSO MARIN NAVARRO y BASILIO RUIZ, la Fiscalía Especializada hizo remisión del proceso a otra Fiscalía, se está rastreando la remisión para trasladarlo a la Unidad correspondiente, radicado No 203290 asociado a JULIO CESAR CASTRO GOMEZ, víctima FERNANDO JOSE DEVIA, la Fiscalía 6ª Especializada de Ibagué tuvo a cargo esa instrucción y luego cuando se unifica la carga este Fiscal cierra la investigación el 17 de mayo de 2017, califica con preclusión la investigación ejecutoriada el 17 de octubre de 2017,
radicado No. 132697 respecto del señalado ENRIQUE SALAS tercero, GUILLERMO IGNACIO ELVIRA y JOSE IGNACIO MURILLO por el Homicidio de MARTHA LOZANO DE ROCHA, JOSE ADULFO ROCHA, ADONIAS ROCHA, radicado No. 236162 GUSTAVO GIRALDO DUQUE, están establecido si fueron conexidad y cuál es el radicado matriz, radicado No. 62363 LUIS CARLOS SAAVEDRA y ORLANDO RAMIREZ, se remitió por la Fiscalía 4ª especializada, radicado No. 236128 respecto de OLIMPA AHUMADA, LUZ MIRIAM, HUMBERTO BONILLA, correspondió a la Fisca 6ª Especializada de Ibagué con inhibitorio el 25 de septiembre de 2012 sobre las dos primeras mencionadas, respecto del
ultimo preclusión del 24 de marzo de 2001, radicado No. 190866 este compromete a SILVERIO GONGORA ex alcalde el municipio de SAN LUIS, GLORIA STELLLA ORTIZ, radicado 231393 TULIO RAMIREZ, presunto financiador, Fisca 6ª Especializada de Ibagué precluye el 30 de diciembre de 2016, radicado No 234327 TULIO RAMIREZ, GILBERTO RAMIREZ, ISMAEL DIAZ, GERMAN RAMIREZ y JUAN CARLOS RAMIREZ, Fisca 6ª Especializada de Ibagué preclusión del 13 de julio de 2012, respecto de todos, radicado No. 3285 conexado al 238528 respecto de ALEJANDRO GUZMAN HERNANDEZ, DARWIN ANTONIO SALAS AGUILAR y JULIO CESDAR CASTRRO GOMEZ, radicado No. 238486 LUIS ALFONSO MARIN NAVARRO, Fisca 6ª Especializada de Ibagué inhibitorio de la Fiscalía 1ª de Purificación Tolima, radicado No. 238528 JULIO CESAR CASTRO GOMEZ, víctimas ALEXANDER VALDERRAMA DEBIA, ÁNGEL ALBERTO GUZMAN FLORES, JOSE MAURICIO MEDNOZA GUZMAN, radicado No 162152 respecto de JOSE DEL CARMEN PUEROT GONZALEZ, Fisca 6ª Especializada de Ibagué tiene apertura de instrucción de 2018, radicado No. 238457 CARLOS JOSE RODRIGUEZ DIAZ y YUDAN GUIZA ANGULO, en instrucción, radicado No.237346 JOSE IGNACIO MURILLO PARRA Fisca 6ª Especializada de Ibagué, radicado No. 237212 ALFONSO CAMELO GOMEZ y JHOSE NISO MORENO CASTAÑO, hay acusación del 10 de diciembre de 2014, inició en la Fiscalía 6ª Especializada y
está a cargo de la Fiscalía 1ª especializada en juicio, se actualizara el informe en la tercera audiencia de seguimiento.”

En la tercera audiencia se seguimiento el doctor JOSÉ ALONSO PEREZ HUERTAS Fiscal 153 Especializado de Derechos Humanos Ibagué precisó sobre el radicado No. 9891, precisó que en el SPOA parece información dando cuenta que fue asignado al Fiscal 89 Especializado de derechos Humanos, el 06-09-2015, delito homicidio agravado víctima JOSE ARMANDO GAMBOA BONILLA, aparece que esa investigación tuvo resolución de preclusión del 13 de septiembre de 2017, Ley 600 de 2000, Se precisó que el informe es insuficiente para concluir si la investigación corresponde o no a las compulsas a que hace alusión al exhorto 72º por lo que en la cuarta audiencia de seguimiento al cumplimiento de las medidas de reparación tendrá lugar los días martes y miércoles 27 y 28 de agosto de 2024, de 9:00 A.M. a 5:00 P.M. los dos días., se deberá ampliar la información en el sentido indicado.

La Doctora Sandra Rubiano Ferro Fiscal 2ª especializada precisó que con relación a este exhorto se ha
construido una matriz que contiene activos 7 procesos, que presenta en la relación dos ellos en juicio, 237232 y 117367, el 238457 está activo, se rendirá informe en la 4ab audiencia de seguimiento, radicado 132697 y 238528, el 162152 que en animación preliminar va estar en etapa de instrucción y el 237346, en la próxima audiencia como el exhorto 72 está asociado asociado de hechos victimizantes de puede asociar al hecho 44




SEPTUAGÉSIMO QUINTO: ORDENAR la compulsa de copias con destino a la Fiscalía General de la Nación

Frente a la posible comisión de los homicidios de dos trabajadoras sexuales y una persona identificada con el alias de “Ñoño", reseñadas por HUMBERTO MENDOZA CASTILLO, tal como quedó consignado en el hecho 143 – 10, de esta decisión. Así mismo, de la legalización de los hechos 165 – 14, 37 – 15, 119 – 24, 122 – 66, 141 – 96, 73 – 128, 205 – 26, 359 – 317 y 297 – 296, se extrae que es posible la configuración de otro tipo de conductas punibles cometidas por el Bloque Tolima, motivo por el que se hace necesario hacer extensiva la compulsación a estos casos, como se consideró en el estudio de cada uno de ellos.

 

ACTA 21-10-2021 - “SEPTUAGÉSIMO QUINTO: ORDENAR la compulsa de copias con destino… La doctora Ana Milena Acevedo Villamil, Fiscal 108 Seccional en apoyo de la Fiscal 47 delegada, señaló que frente al hecho 143 – 10 victima JOSE EDUARDO MONTEALEGRE, se versionó a los postulados ninguno militaba para la fecha, quien dio la información fue el postulado HUMBERTO MENDOZA CASTILLO excluido, pendiente de compulsar copia si no se logra ubicar otro postulado que tenga participación; 165 – 14, victima LUIS ALBERTO BETANCOURT JIMENEZ, este caso también fue imputado y legalizado a HUMBERTO MENDOZA CASTILLO, si no hay otro postulado se compulsara a justicia ordinaria; 37 – 15, víctima ORLANDO LOPEZ MORALES, ocurre igual que al anterior hecho; 119 – 24, víctima MARIO IVAN ALFARO JIMENEZ y FERNADO ALIRIO GALINDO JIMENEZ, se versionó este hecho y los postulados ATANAEL MATAJUDIOS y OSCAR OVIEDO RODRIGUEZ, pero directamente no lo señalan se va a adelantar otra actuación y se definirá si se compulsa; precisó que los casos 122 – 66, 141 – 96, 73 – 128, 205 – 26, 359 – 317 y 297 – 296, se encuentran en igual situación y se informan los avances en la próxima audiencia de seguimiento.

 

Sentencia 07-12-2016 - 27. Al colegir que el escenario en el que se desarrolló la criminalidad desplegada por los miembros del Bloque Tolima contó en muchos de los casos con la anuencia o silencio de las autoridades locales de los diferentes municipios en donde operaron; además expresó su inclinación por que se investigue y compulsen copias para individualizar presuntos responsables de altas entidades, ya que por su omisión y en muchos de los eventos por acción, sufrieron de manera desmedida muchas víctimas.

 
Sentencia 07-12-2016 - 380. Este panorama, llevó a Carlos Castaño a ordenar el traslado de Avilés González al Guamo Tolima, con el propósito de obtener apoyo financiero de ganaderos, comerciantes, arroceros. De hecho, los empresarios, comerciantes, militares y la élite regional recibieron con beneplácito la presencia de Carlos Castaño, dada la expansión y el control territorial alcanzado por las FARC-EP a finales de la década, que se expresaba en el alto nivel de ataques a instalaciones de la fuerza pública,239 alto número de alcaldes amenazados que no despachaban desde sus municipios por amenazas,240 aumento de exacciones y secuestro241 a empresarios, ( De acuerdo con el Fiscal 56, Manuel Bernate Preciado es un empresario y ganadero de la Vereda Luisa García, municipio de San Luis. Actualmente se le han compulsado copias por haber llevado y financiado la llegada de los paramilitares al Guamo y San Luis en el año 2000, apoyar al frente financiero del Bloque Tolima, participar en las masacres del Montoso en el Guamo y el Neme en el Valle de San Juan. Diligencia de versión libre postulado Ramón ISAZA Arango ante el Fiscal Delgado de Justicia y Paz, 8 de junio de 2007.) comerciantes, agricultores y ganaderos y, el proceso de negociaciones de Paz entre el Gobierno y las FARC-EP en la zona del Caguán. El siguiente mapa muestra una radiografía del conflicto en el cual se encontraba inmerso el Departamento para inicios del año 2000. 
Sentencia 07-12-2016 - Manuel Bernate Preciado. De acuerdo con el Fiscal 56, Manuel Bernate Preciado es un empresario y ganadero de la Vereda Luisa García, municipio de San Luis. Actualmente se le han compulsado copias por haber llevado y financiado la llegada de los paramilitares al Guamo y San Luis en el año 2000, apoyar al frente financiero del Bloque Tolima, participar en las masacres del Montoso en el Guamo y el Neme en el Valle de San Juan. Diligencia de versión libre postulado Ramón ISAZA Arango ante el Fiscal Delgado de Justicia y Paz, 8 de junio de 2007. 
Sentencia 07-12-2016 - 414. Ante esta complicidad de terceros la Sala quiere insistir que no sólo este apoyo fue financiero, ya que en múltiples hechos que son estudiados en esta decisión, estuvieron medidos por la voluntad de los terceros anteriormente mencionados y otros, en una especie de violencia oportunista, así lo pueden constatar alrededor de 272 compulsas de copias contra terceros impulsadas por el ente fiscal, de las cuales 162 personas, ajenas al Bloque Tolima, participaron en hechos violentos. 
Sentencia 07-12-2016 - 457. Finalmente, vale la pena señalar que, en el tema de compulsas de copias contra miembros de la fuerza pública, los datos suministrados por el ente acusador no fueron claros, ya que la información suministrada en audiencia no concuerda con los documentos allegados al interior del proceso. 

Sentencia 07-12-2016 - 458. Así las cosas, Sala no tiene la certeza sobre quiénes fueron los militares sobre los cuales se compulsaron copias, así como el número preciso, toda vez que en la sentencia contra John Fredy Rubio Sierra la fiscalía enunció 56 militares (coroneles de la policía, 3 coroneles del ejército, 5 mayores de la policía, 1 mayor del ejército, 4 capitanes de la policía, 2 tenientes de la policía, 2 tenientes del ejército, 3 sargentos de la policía, 3 sargentos del ejército, 4 cabos de la policía, 4 cabos del ejército, 5 comandantes de estación de la policía. Radicado: 110016000253 – 200883167. Párrafo: 386.) con procesos de investigación, mientras que en este proceso fueron presentados en audiencia 33 miembros de la fuerza pública compulsado, discriminados así: 3 coroneles de la Policía, 6 coroneles del ejército, 1 mayor de la policía, 3 capitanes del ejército, 1 teniente de la policía, 1 teniente del ejército, 3 sargentos del ejército, 5 sargentos de la policía, 5 cabos del ejército, 4 cabos de la policía. No obstante, la Sala logró constatar que, en los documentos allegados por el ente acusados, solamente registran 12 integrantes de la fuerza pública con compulsa de copias, como lo evidencia la siguiente tabla: (Información suministrada por la Fiscalía delegada en Audiencia Concentrada de Formulación y Aceptación de cargos, realizada el 19 de febrero de 2015.)

 

 
Compulsas halladas en el proceso, contra miembros de la fuerza pública que presuntamente tuvieron nexos con el Bloque Tolima 
Sentencia 07-12-2016 - 459. En consonancia, con lo anterior, se hace necesario llamar la atención sobre los insuficientes resultados en el tema de compulsa de copias que avistó la Sala en contra de miembros de la fuerza pública, motivo por el que esta Corporación exhortará a la Fiscalía delegada para que en posteriores diligencias, informe de manera detallada los nombres y los cargos de los integrantes de la fuerza pública a quienes se les ha compulsado copias y su respectivo estado actual en los procesos de investigación. 

Sentencia 07-12-2016 - 460. Igualmente, continúe en el proceso de identificación e individualización que conduzca a instaurar las respectivas compulsas, para que una vez se cuente con la información clara y precisa de aquellos que estuvieron involucrados con el accionar delictivo paramilitar, se solicite al Ministerio de Defensa Nacional, tome las medidas preventivas, como traslado de estas personas a lugares diferentes, en caso de ejercer funciones en el mismo lugar donde prestaron colaboración al grupo armado ilegal, lo anterior, mientras hay una decisión definitiva en la justicia. Valga señalar que la Corte Constitucional en jurisprudencia reciente, ha reiterado que: “la compulsa de copias es una facultad discrecional de los funcionarios, poner en conocimiento de los competentes los actos u omisiones que estimen podrían llegar a ser constitutivos de faltas, sin que ello implique una extralimitación de sus funciones, criterio que ha mantenido esta Sala, entre otros, en la sentencia de 18 de diciembre de 2009, expediente 2009-00052-01, ratificada el 21 de octubre de 2011, radicación 00398-02» (CSJ STC 18 de nov de 2013, exp. 00057-02, reiterada en CSJ STC 11 de dic de 2014, exp. 00820-01). Cfr. STC1428-2016. Radicación n.° 11001-02-03-000-2016-00250-00. M.P Ariel Salazar Ramírez. Proferida el 12 de febrero de 2016.

 

 
Sentencia 07-12-2016 - 476. Esta ruta de desmovilización permite identificar un serie irregularidades que muestran que la entrega de armas, la vinculación de civiles a último momento, la falta de previsión en el proceso de atención a los desmovilizados, entre otros, fueron irregulares lo que conduce a esta Sala a reiterar la exhortación a la Fiscalía General de la Nación para que en aras de la verdad, en próximas diligencias judiciales se identifique los mecanismos de reclutamiento utilizados por la estructura en esta última etapa, las personas que de manera irregular se desmovilizaron, la estrategia y finalidades perseguidas en dicha desmovilización tanto por los representantes del Bloque como del Gobierno para efectuar las respectivas compulsas en caso de encontrar omisiones graves e injustificadas. 
Sentencia 07-12-2016 - 511. Esto significa que al momento de la dosificación punitiva como se verá, imposible se torna dosificar cada uno de los hechos aquí estudiados, pues la Sala carecería de esa competencia al no encontrarse MENDOZA CASTILLO por cuenta de Justicia y Paz, correspondiendo a este Tribunal reiterar a la Fiscalía la orden definida en el auto de exclusión de lista, para nuestro caso, compulsar copias por los delitos traídos a legalización, aceptados como cometidos en contra del Bloque Tolima, pero atribuible la responsabilidad, se itera, ante la justicia ordinaria. 
Sentencia 07-12-2016 - 641. Como razón del cometimiento criminal se extrae de lo aportado por la Fiscalía en audiencia, que la víctima fue señalada de ser auxiliador de la guerrilla por un propietario de una mina de hierro del sector, Gustavo Giraldo382, quien afirmó al Bloque Tolima que había sido objeto de extorsiones por parte de Abundio Clavijo, no obstante, dicha motivación no quedó demostrada en el curso de la diligencia, pues no existen antecedentes penales en contra del occiso. Debe reseñarse así mismo, que en versión libre de agosto 11 de 2010, John Fredy Rubio Sierra, afirmó que el ciudadano Gustavo Giraldo había sufragado gastos de la nómina del Bloque Tolima por tres meses y, que como consecuencia de la cercanía de Gustavo Giraldo con Juan Alfredo Quenza alias “Elías", le había vendido una parte de la mina por la suma de $ 300'000.000, motivo por el que se había ordenado cerrar minas del sector con el propósito de centrar la producción del material sólo en su favor. Sobre este punto, mediante Oficio No. 00135 UNJYP D 56, de enero 17 de 2012, la entonces titular del despacho de la Fiscalía, realizó la compulsación de copias. 

Sentencia 07-12-2016 -660. Visto lo anterior, acorde con los soportes probatorios la Sala se inclina por la primera de las hipótesis, sin que se excluya la factible precipitación del hecho a manos del agente policial, situación ésta que tendrá que ventilarse ante la justicia permanente en lo penal, y por lo cual se hace necesario exhortar a la Fiscalía Delegada realice compulsación de copias en contra del funcionario para establecer si hubo o no responsabilidad del comandante de la policía de San Luis para la época de ocurrencia de los hechos.

 

 
Sentencia 07-12-2016 - 1174. En ese orden, debe aclararse que la presunta participación del ex alcalde Acosta Pava no ha sido demostrada, ni mucho menos aquél vencido en juicio, por lo que es una hipótesis aun no probada, o por lo menos desconocida para esta especialidad. Por lo tanto, se hace necesario exhortar a la Fiscalía 56 delegada para que adelante la respectiva compulsación de copias para determinar la posible participación del ciudadano Jairo Alberto Sandoval Quiñonez en el múltiple homicidio aquí estudiado. 

Sentencia 07-12-2016 - 1432. Ahora bien, en razón a que se advierte la eventual participación de un tercero en la determinación de la conducta principal de desaparición y homicidio, la Sala ordena compulsar las copias pertinentes con la finalidad de que la Fiscalía General de la Nación investigue la certeza o no de dicha conducta y proceda de conformidad teniendo en cuenta el resultado de su investigación.

Sentencia 07-12-2016 -1496. Ahora bien, en audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos, el fiscal del caso refirió que al haber sido rendidas recientemente las versiones libres por los postulados, aun no se obtenía resultados de la compulsa de copias realizada, por lo que se hace necesario exhortar a la Fiscalía Delegada para que en el término de un (1) mes contado a partir de la ejecutoria de la presente decisión, se presente informe al Juzgado de Ejecución de Sentencias de las Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional, donde se consignen los resultados de la investigación frente a los nexos de algunos miembros del Batallón José Domingo Caicedo adscrito a la División de Infantería General José María Córdova, con exintegrantes del Bloque Tolima, de conformidad con lo recabado en el presente hecho.

 
Sentencia 07-12-2016 -1496. Ahora bien, en audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos, el fiscal del caso refirió que al haber sido rendidas recientemente las versiones libres por los postulados, aun no se obtenía resultados de la compulsa de copias realizada, por lo que se hace necesario exhortar a la Fiscalía Delegada para que en el término de un (1) mes contado a partir de la ejecutoria de la presente decisión, se presente informe al Juzgado de Ejecución de Sentencias de las Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional, donde se consignen los resultados de la investigación frente a los nexos de algunos miembros del Batallón José Domingo Caicedo adscrito a la División de Infantería General José María Córdova, con exintegrantes del Bloque Tolima, de conformidad con lo recabado en el presente hecho. 
Sentencia 07-12-2016 -1496. Ahora bien, en audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos, el fiscal del caso refirió que al haber sido rendidas recientemente las versiones libres por los postulados, aun no se obtenía resultados de la compulsa de copias realizada, por lo que se hace necesario exhortar a la Fiscalía Delegada para que en el término de un (1) mes contado a partir de la ejecutoria de la presente decisión, se presente informe al Juzgado de Ejecución de Sentencias de las Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional, donde se consignen los resultados de la investigación frente a los nexos de algunos miembros del Batallón José Domingo Caicedo adscrito a la División de Infantería General José María Córdova, con exintegrantes del Bloque Tolima, de conformidad con lo recabado en el presente hecho. 
Sentencia 07-12-2016 -1496. Ahora bien, en audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos, el fiscal del caso refirió que al haber sido rendidas recientemente las versiones libres por los postulados, aun no se obtenía resultados de la compulsa de copias realizada, por lo que se hace necesario exhortar a la Fiscalía Delegada para que en el término de un (1) mes contado a partir de la ejecutoria de la presente decisión, se presente informe al Juzgado de Ejecución de Sentencias de las Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional, donde se consignen los resultados de la investigación frente a los nexos de algunos miembros del Batallón José Domingo Caicedo adscrito a la División de Infantería General José María Córdova, con exintegrantes del Bloque Tolima, de conformidad con lo recabado en el presente hecho. 
Sentencia 07-12-2016 -1496. Ahora bien, en audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos, el fiscal del caso refirió que al haber sido rendidas recientemente las versiones libres por los postulados, aun no se obtenía resultados de la compulsa de copias realizada, por lo que se hace necesario exhortar a la Fiscalía Delegada para que en el término de un (1) mes contado a partir de la ejecutoria de la presente decisión, se presente informe al Juzgado de Ejecución de Sentencias de las Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional, donde se consignen los resultados de la investigación frente a los nexos de algunos miembros del Batallón José Domingo Caicedo adscrito a la División de Infantería General José María Córdova, con exintegrantes del Bloque Tolima, de conformidad con lo recabado en el presente hecho. 
Sentencia 07-12-2016 -1496. Ahora bien, en audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos, el fiscal del caso refirió que al haber sido rendidas recientemente las versiones libres por los postulados, aun no se obtenía resultados de la compulsa de copias realizada, por lo que se hace necesario exhortar a la Fiscalía Delegada para que en el término de un (1) mes contado a partir de la ejecutoria de la presente decisión, se presente informe al Juzgado de Ejecución de Sentencias de las Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional, donde se consignen los resultados de la investigación frente a los nexos de algunos miembros del Batallón José Domingo Caicedo adscrito a la División de Infantería General José María Córdova, con exintegrantes del Bloque Tolima, de conformidad con lo recabado en el presente hecho. 
Sentencia 07-12-2016 -1496. Ahora bien, en audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos, el fiscal del caso refirió que al haber sido rendidas recientemente las versiones libres por los postulados, aun no se obtenía resultados de la compulsa de copias realizada, por lo que se hace necesario exhortar a la Fiscalía Delegada para que en el término de un (1) mes contado a partir de la ejecutoria de la presente decisión, se presente informe al Juzgado de Ejecución de Sentencias de las Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional, donde se consignen los resultados de la investigación frente a los nexos de algunos miembros del Batallón José Domingo Caicedo adscrito a la División de Infantería General José María Córdova, con exintegrantes del Bloque Tolima, de conformidad con lo recabado en el presente hecho. 
Sentencia 07-12-2016 - 1498. Según se extrae de la diligencia adelantada ante la Sala, así como de la versión libre rendida por varios postulados (En diligencia de versión libre conjunta de noviembre 27 de 2014, se reseña lo que dijeron al respecto los desmovilizados: OSCAR OVIEDO RODRÍGUEZ. “El 8 de febrero de 2003 que se fue “Arturo", la línea de mando quedó, Diego José Martínez Goyeneche, como primer comandante, “Edgar" o “Jairo" asume como segundo comandante para la fecha, yo asumo la responsabilidad de toda la tropa de la zona sur hasta el mes de abril [de ese año] que yo llegó al cerro Tomogó y por orden directa del comandante “Daniel" …" Daniel me ordenó darle muerte con Fusil, pero yo con fusil inclusive 5.56, pero yo le doy de baja con AK." EDWIN HERNANDO CARVAJAL RODAS. “Yo en ningún momento estoy acusando a [alias] “Juancho", yo lo que dije era que estaba [alias] “Edgar" el mono, y me dicen que íbamos a llevar un armamento a la [vereda] Alto del Cielo, el armamento lo iban a mandar en la camioneta de [alias] Pastor, y eso fue como a las 8:30 am. Arriba llegamos a las 11:00, entregamos el armamento a [alias] “Fabián", y cuando llegamos a allá, los muchachos ya estaban armados, yo en ningún momento estoy diciendo que [alias] “Juancho" nos dio la orden, ni que [alias] “Juancho" nos había dado el armamento… Y reiterar sobre las compulsas de copias, se deja las constancias sobre los militares que pudieron haber participado en el falso positivo, si a la fecha no se ha hecho la [compulsa] de la versión anterior.". JHON FREDY RUBIO SIERRA. “Desconozco si Atanael dio alguna orden de movilizar armamento, solo hago referencia por lo que dicen los muchachos.". ATANAEL MATAJUDIOS BUITRAGO. “Hasta la fecha que estuvo [alias] Arturo, yo estaba con la tropa en el norte, yo salí de permiso el 29 de enero de 2003, y entró [alias] Mateo a remplazarme; …el 2 de febrero de 2003 …, dan de baja a [alias] Mateo por la guerrilla, y yo regreso dos días antes de que regrese [alias] Arturo, luego [alias] Daniel me da la orden que le entregue a [alias] Chirri, y salgo para Melgar. Yo vuelvo cuando le recibo a [alias] Fabián, en el cerro frente a Chicoral, y pasamos la gente hacia el norte, y después que [alias] Chirri tiene un problema en mayo [de ese año 2003], le quitan el mando del frente y [alias] Daniel… era el comandante militar, y es cuando yo asumo como comandante del frente y segundo comandante del Bloque Tolima…"), el día de los hechos, 13 de marzo de 2003, MATAJUDÍOS BUITRAGO, ostentaba para el momento la calidad de Comandante ilegal de la zona oriental del departamento del Tolima, dado que Diego José Martínez Goyeneche como máximo comandante le había encomendado realizar operaciones de injerencia en dicho lugar. Para la época, en la zona sur ostentaba la calidad de comandante militar OSCAR OVIEDO RODRÍGUEZ, quien recibió directamente la orden para ultimar a las víctimas, dado los acuerdos que se habían realizado con militar de apellido Rodríguez, grado teniente. 
Sentencia 07-12-2016 - 1881. Una tercera hipótesis involucra a personas cercanas al occiso como determinadores en el asesinato del ex alcalde, lo que según informó el Fiscal Delegado del caso, aun no se encuentra soportado (si bien se han realizado compulsa de copias) - Así se desprende de informe No. 73-114251-73-114275, de abril 20 de 2015, presentado por la Fiscalía 56 Delegada, quien refirió que la compulsa de copias se había realizado con oficios No. 1394 el 31 de mayo de 2012, y por orden de policía judicial de abril 20 de 2015, se estableció que ante la Fiscalía 6 Especializada de Ibagué, se sigue la Investigación Previa No. 190.866.- , motivo por el que tal conjetura no tiene asidero probatorio formal. 
Sentencia 07-12-2016 - 1892. Conviene resaltar que el postulado en mención no aportó datos adicionales en relación con el nombrado Alejandro Guzmán con la finalidad de establecer el tipo de relación de éste con el grupo armado ilegal. Por su parte, la fiscalía indicó que en contra del reseñado comerciante se han producido al menos dos compulsas de copias para ser investigado e incluso, que existe orden de captura empero, que se ha mantenido prófugo hasta la fecha. 
Sentencia 07-12-2016 - 1962. En este sentido, expuso la Fiscalía que contra el abogado Ricardo Ramírez existen diversas compulsas de copias y múltiples procesos en curso, por razón de los hechos puestos en conocimiento en el presente caso. 
Sentencia 07-12-2016 - 6. Se exhortará a la Fiscalía delegada para que continúe las labores de investigación en torno las relaciones que tuvieron los integrantes del Bloque Tolima con actores sociales y gremios económicos en cada una de las zonas donde tuvo injerencia el proyecto paramilitar, para que sean presentados de manera detallada en otro de los procesos presentados ante esta jurisdicción en contra del GAOML y se procedan a realizar las respectivas compulsas de copias. 

Sentencia 07-12-2016 - 7. La Sala exhortará a la Fiscalía delegada para que, en el ejercicio de la acción penal, continúe las labores de investigación sobre los nexos que tuvieron integrantes de la Fuerza Pública con el Bloque Tolima en sus zonas de injerencia y en próximas diligencias judiciales informe sobre los nuevos hallazgos y sus respectivos avances en las investigaciones que han derivado de las respectivas compulsas de copias.

 

 
Sentencia 07-12-2016 - 2900. D. Vale la pena señalar que, en el tema de compulsas de copias contra terceros civiles, los datos suministrados por el ente acusador no son alentadores, dado que lo presentado en audiencia no se compadece con la vinculación de terceros civiles en el actuar criminal del Bloque Tolima y que se puede evidenciar en los hechos que fueron estudiados y en la siguiente tabla que elaboró la Sala a partir de lo presentado en la diligencia judicial. 
Sentencia 07-12-2016 - 2901. En consonancia, con lo anterior, se hace necesario llamar la atención sobre los insuficientes resultados en el tema de compulsa de copias que avistó la Sala en contra de terceros civiles, motivo por el que esta Corporación exhortará a la Fiscalía delegada para que, en posteriores diligencias, informe de manera amplia y detallada los nombres a quienes se les ha compulsado copias y su respectivo estado actual en los procesos de investigación. Valga señalar que la Corte Constitucional en jurisprudencia reciente, ha reiterado que: “la compulsa de copias es una facultad discrecional de los funcionarios, poner en conocimiento de los competentes los actos u omisiones que estimen podrían llegar a ser constitutivos de faltas, sin que ello implique una extralimitación de sus funciones, criterio que ha mantenido esta Sala, entre otros, en la sentencia de 18 de diciembre de 2009, expediente 2009-00052-01, ratificada el 21 de octubre de 2011, radicación 00398-02» (CSJ STC 18 de nov de 2013, exp. 00057-02, reiterada en CSJ STC 11 de dic de 2014, exp. 00820-01). Cfr. STC1428-2016. Radicación n.° 11001-02-03-000-2016-00250-00. M.P Ariel Salazar Ramírez. Proferida el 12 de febrero de 2016.