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Sin título ‭[1]‬

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​S49- EXHORTO TRECE​​​​​​​​​​​​​​​​​​​

Sin título ‭[2]‬


EXHORTO SEGUIMIENTO COMPULSA DE COPIASEstado Actual (Actas Juzgado Ejecución)

TRECE: EXHORTAR a la Fiscalía General de la Nación

 

para que continúen con las labores de investigación respecto del ingreso de adolescentes, niños o niñas a la estructura paramilitar FRENTE HECTOR JULIO PEINADO BECERRA."

"Se precisó a los asistentes que en la primera audiencia de seguimiento se dieron por cumplidas las siguientes medidas: La contenida en los numerales 13o y 17o a cargo de la Fiscalía de Justicia Transicional que documenta el presente proceso consistente continuar con las labores de investigación respecto del ingreso de adolescentes, niños o niñas a la estructura paramilitar FRENTE HECTOR JULIO PEINADO BECERRA y documentar con mayor rigor los hechos 11, 17 y 19 del fallo.

 

Acta 3 DE AGOSTO DE 2020

 

Hizo uso de la palabra el doctor IVAN AUGUSTO GOMEZ CELIS, Fiscal 34 delegado ante el Tribunal Superior de la Unidad Nacional de Justicia Transicional, aclaró la sentencia de

primera instancia proferida dentro de este proceso en el año 2016, en cuyo momento la Ley

975 de 2005 conocida como la Ley de Justicia y Paz, no había sido modificada y se trabajaba por hechos individuales. Ahora se trabaja bajo patrones de macro criminalidad y ya se develó y reconoció el patrón de reclutamiento ilícito de menores por lo que puede darse esta parte por satisfecha.

 

Señaló que respecto del hecho 11, se le formularon estos cargos y fueron legalizados a ROBERTO PRADA DELGADO, que hacen parte de la macro sentencia del 24 de marzo de

2020, siendo M.P. la Doctora Alexandra Valencia Molina de la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal superior de Bogotá, el hecho 17 se incluyó en el hecho 272 y el

hecho 19 en el hecho 263 en el marco de la sentencia transicional proferida en contra de

ROBERTO PRADA DELGADO y FELIPE GARCIA VELANDIA.

 

En atención del informe rendido por parte del Delegado Fiscal se dispuso dar por cumplida las anteriores medidas.

"

"DIECISIETE: EXHORTAR a la Fiscalía

 

para que documente con mayor rigor los hechos 11, 17 y 19, en los términos que fueron expuestos en esta decisión.""

 

"VEINTIUNO: EXHORTAR a la Fiscalía General de la Nación

 

A efecto de que, a través del Grupo de compulsa de copias de la Direcci6n de Justicia Transicional de la Fiscalía General de la Nación, se disponga imprimirles celeridad a las compulsas de copias que por sentencias anteriores se han emitido en esta Jurisdicci6n y que han tenido por objeto la búsqueda del esclarecimiento de hechos y de la verdad, las cuales relacionan directamente las redes de apoyo de los extintos grupos paramilitares. Para el efecto deberá viabilizar una metodología de investigaci6n que permita el seguimiento y la consolidaci6n de las menciones que los postulados sometidos al proceso especial de Justicia y Paz, han realizado sabre las presuntas relaciones estratégicas entre integrantes de esferas de poder econ6mico, político y militar, y el FHJPB. Lo anterior con el objeto de que se adelanten las indagaciones pertinentes y se lleven a cabo, con la mayor celeridad posible, los procesos a los que haya lugar en la jurisdicci6n ordinaria y lo allí esclarecido se integre al contexto que sabre esta estructura paramilitar deba ser complementado."

 

HECHO

El 15 de julio de 2016, esta Sala de Conocimiento profiri6 sentencia condenatoria contra el postulado JOSE LENIN MOLANO MEDINA, en la que se reseñaron los antecedentes de integraci6n y posterior desmovilizaci6n de la estructura paramilitar FHJPB de la que form6 parte; se salvaron los requisitos de elegibilidad del postulado; se efectu6 una detallada relaci6n sobre los inicios, integraci6n y participaci6n de aquel en esta organizaci6n; se legalizaron 26 hechos criminales cometidos con ocasi6n del conflicto armada interno, inconformes con ciertos aspectos de la decisión de instancia, el representante de la Fiscalía 34 Delegada ante el Tribunal adscrito a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Justicia y Paz, y el delegado de la Procuraduría 364 Judicial, interpusieron recurso de apelación

 

Investigado(s) Calidad:  Miembro de la Fuerza Pública, servidor público, particular.

 

JOSE LENIN MOLANO MEDINA, ex integrante de la desmovilizada estructura paramilitar Frente Héctor Julio Peinado Becerra(particular)

"Acta 16 de febrero de 2020

 

Se precisó por parte de la directora de la Audiencia que simultáneamente se informará lo acontecido en la audiencia anterior y seguidamente el avance reportado en día de hoy de la siguiente manera:

 

En la anterior audiencia de seguimiento se informó lo siguiente: “(...) En la Dirección Especializada Contra la Corrupción, en la Dirección Especializada Contra las Organizaciones Criminales, en la Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos y a la Secretaría de las Fiscalías Delegadas Ante la Corte Suprema, se realizó la verificación de los sistemas misionales y a través de correo electrónico se solicitaron informes ejecutivos recibiendo la siguiente información:

 

Dirección Especializada Contra la Corrupción: Proceso 176, Fiscalía 67 delegada ante el Tribunal adscrita a la Dirección Especializada Contra la Corrupción, asignado mediante Resolución No. 069 del 7 de marzo de dos mil doce (2012), conducta delictual de cohecho propio, siendo denunciante Fredy Ramiro Pedraza y denunciado Joaquín Pablo Santana Barbosa. Estado actual de la investigación mediante decisión del 23 de octubre de 2013, el señor Fiscal 52 Delegado Ante Tribunal, resolvió Precluir la investigación seguida contra Joaquín Pablo Santana Barbosa, en su calidad de Fiscal Delegado ante los Jueces Penales del circuito de Ocaña y a su vez ordenó compulsar copias contra Fredy Ramiro Pedraza, por la presunta comisión del delito de falso testimonio y consecuentemente se ordenó el archivo de las diligencias."

 

Respecto de esta medida se informó que, con base en anterior proceso, se generó una compulsa contra FREDY RAMIRO PEDRAZA, por falso testimonio, sin embargo, la doctora SANDRA YANETH RUBIANO FERRO, Fiscal 2a Especializada de la delegada para la Seguridad Ciudadana, señaló que no tiene informe para el día de hoy.

 

“Dirección Especializada contra Organizaciones Criminales: Proceso 355, Fiscalía Quince Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, anteriormente conocía la Fiscalía Veintiséis Homóloga la cual fue suprimida el 11 de enero de 2019, misma fecha en que asumió la investigación, por el delito de concierto para delinquir agravado, con denunciante de oficio y denunciados Alirio Díaz (candidato al Concejo de San Martín, Cesar), Javier Zárate Ariza (candidato a la Alcaldía de San Alberto, Cesar), Gerardo Jaime Ortega (candidato a la Alcaldía de San Alberto, Cesar), Luis Gabriel Aguilera Díaz (candidato a la Cámara de Representantes), Sadithd Armenta Rodríguez (candidata y luego Alcaldesa de San Martín, Cesar) y Élber José Guerra Medrano (Alcalde de San Martín, Cesar). Estado actual de la investigación previa y última actuación 21 de febrero de 2020, ordenando reiterar práctica de pruebas."

 

Sobre esta compulsa, hizo uso de la palabra el doctor RODRIGO ROCHA, Fiscal 15 Especializado de Bogotá, quién precisó que precisó que verificando la indagación se ha reiterado la solicitud a la Registraduría del Estado Civil para solicitar las actas de las elecciones de 2007 y las direcciones de esas personas, se ha solicitado al Investigador que verifique la información de la indagación. Por parte del Despacho se indicó al delegado Fiscal que en la próxima audiencia de seguimiento se presente el avance de la investigación, precisándosele que es necesario que haya un avance significativo.

 

“Proceso 436, Fiscalía Quince Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, punible de concierto para delinquir agravado, sin registrarse denunciante y contando como denunciado JESÚS ALFONSO DOMÍNGUEZ JOYA (Ex Alcalde de San Martín, Cesar). Estado mediante resolución del 3 de mayo de 2018, el despacho emitió resolución inhibitoria a favor del señor JESÚS ALFONSO DOMÍNGUEZ JOYA (Ex Alcalde de San Martín, Cesar), decisión que cobró ejecutoria el 23 de mayo de 2018, encontrándose archivada la investigación.

 

Proceso 486, Fiscalía Quince Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, anteriormente conocía la Fiscalía 26 Homóloga la cual fue suprimida, asumió la investigación 31 de enero de 2020, por el delito de concierto para delinquir agravado, con denunciante de oficio a raíz de la versión rendida por Fredy Ramiro Pedraza, alias “Chicote" integrante del Frente Héctor Julio Peinado de las Autodefensas Unidas de Colombia y siendo denunciado Fernando Hernández Villamizar. Estado actual de la investigación se encuentra en etapa de instrucción y su última actuación mediante resolución 18 de marzo de 2020, se ordena reiterar la práctica de unas pruebas."

 

Nuevamente hizo uso de la palabra el doctor RODRIGO ROCHA, Fiscal 15 Especializado de Bogotá, quien señaló que se han adelantado indagaciones en contra de Fernando Hernández Villamizar, se está investigando, se vinculó mediante indagatoria y se le resolvió la situación jurídica absteniéndose de decretar medida de aseguramiento, además se ordenó practica de pruebas. Precisó que era Sargento del Ejército, presuntamente colaboraba con los paramilitares en ese Frente, se está tratando de ubicar a unos integrantes del grupo ilegal que son los señores ALFREDO GARCIA, NAIDER ISAZA, NELSON GOMEZ, JAVIER QUINTERO, JOSE HERNANDEZ.

 

Se precisó por parte del Delegado Fiscal de apoyo al Despacho 34 delegado ante el Tribunal, que se cuenta con toda la información que requiere.

 

Por su parte, el Agente del Ministerio Público presente, se solicitó los datos del sindicado.

 

El Despacho solicitó al Fiscal que documenta los hechos, que compulse las copias disciplinarias y cuando lo haga, remita copia al delegado del Ministerio Público de este Juzgado, en el entendido que son imprescriptibles, para que presente informe en la próxima audiencia, reiterando la importancia de que hay un avance significativo en la investigación.

 

“Proceso 673, Fiscalía Quince Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, conocía la Fiscalía 27 Homóloga la cual fue suprimida, asumió la investigación el 31 de enero de 2020, por la conducta delictual de concierto para delinquir agravado, denunciante de oficio y denunciados miembros del Ejército Nacional de Colombia. Estado en previa y última actuación 5 de octubre de 2020."

 

Respectó de este punto el Fiscal 15 Especializado de Bogotá, indicó que se adelanta contra el teniente Socotá, Sargento Rojas, Sargento Flórez, Cabo Villamil, Mayor Ibarra, Sargento Miguel Caños, investigación por el delito de concierto para delinquir, la cual está en previa desde el año 2014, ya que no están plenamente identificados, porque el Ejército indicó que correspondía a la Brigada brindar es información. El Despacho solicitó al Fiscal que documenta los hechos, que compulse las copias disciplinarias y cuando lo haga, remita copia al delegado del Ministerio Público de este Juzgado, en el entendido que son imprescriptibles, para que presente informe en la próxima audiencia.

 

Adicionalmente, el delegado Fiscal solicitó información para ubicar a RUBEN AVELLANEDA PEREZ, desmovilizado de Puerto Boyacá.

 

“Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos: Proceso 1237, Fiscalía 86 delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, asumió la investigación 17 de mayo de 2002, por la conducta de homicidio en persona protegida registrando como víctima José Mario Saldaña Flórez, y teniendo como denunciados a Juan Francisco Prada Márquez, Armando Madriaga Picón, Luis Alfonso Castillo, Omar Enrique Rincón Herrera. Estado actual de la investigación en diferentes etapas acorde con cada investigado."

 

Respecto de esta investigación, se presentó la doctora SANDRA PATRICIA MARTHEYN, Fiscal 102 Especializado de Cúcuta, quien indicó que la misma es adelanta por parte de la Fiscalía 86 Especializado de Bucaramanga, este caso tiene Resolución de Acusación del 8 de noviembre de 2005, solamente para Alfredo Ballena y debe estar en etapa de juicio, sin embargo, no se sabe en qué despacho se adelanta.

 

Señaló que junto con los postulados ARMANDO MADRIGA PICON y MAURICIO CASTRO, están pendientes de identificar otros postulados, igual sobre Israel Ropero, para ellos el proceso está en instrucción. El Despacho indicó que en la cuarta audiencia de seguimiento se deberá dar cuenta de los avances.

 

“Proceso 8225, Fiscalía 88 delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, asumió la investigación 25 de febrero de 2011, por los delitos de homicidio en persona protegida, secuestro simple y concierto para delinquir, registrando como víctima Raúl Chogo Estrada, siendo investigados: SS. Jorge Luis Gómez García, SV. John Fredy Cajiao Rodríguez, SP. Jaime Hernández Tenjo, el S. S Frank González Hernández, SR. Carlos Humberto Sánchez Bonilla, SP. Carlos Eduardo Hernández Yatacue, SR. John Franklin Álvarez Navarro, y SR. Dalberto Rincón. Algunos de los investigados ya cuentan con resolución de acusación, el juzgamiento se adelanta a instancias del Juzgado Primero (1) Penal del Circuito Especializado de Valledupar, otro con acta de formulación de cargos para sentencia anticipada.

 

Respecto de esta compulsa, la Fiscal 102 Especializado de Cúcuta, indicó que se adelanta por parte del Fiscal 88 Especializado de Bucaramanga, tiene Resolución de acusación del 8 de junio de 2016, contra Faber De Jesús Lopera Gómez, miembro de las AUC, Ramiro Molina Garzón, miembro de AUC, Rodrigo Carranza, Teniente Coronel, tiene Resolución del 8 de junio de 2016, Faber De Jesús Lopera Gómez, miembro de las AUC, Resolución de acusación del 8 de junio de 2016, Doris Sueta Rodríguez, tercero miembro de las AUC con Resolución de acusación de la misma de fecha 8 de junio de 2016, Teniente Coronel Rodrigo Carranza Botía, Jesús Pacheco Carpio, con Resolución de acusación del 8 de junio de 2016, Francisco Alberto Pacheco Romero, miembro de las AUC con Resolución de acusación del 8 de junio de 2016, también aparece un soldado con Resolución de acusación del 27 de marzo de 2017, del que indicó no se sabe qué pasó con los juicios o si se acogieron a la JEP.

 

Por parte del Juzgado, se solicitó al Fiscal que documenta los hechos que compulse las copias disciplinarias y cuando lo haga remita copia al delegado del Ministerio público de este Despacho. Adicionalmente, informó la delegada Fiscal que en muchos de los casos ya están las investigaciones disciplinarias y se van a establecer las mismas y se le informará al Fiscal 34 delegado ante el Tribunal, presentando el avance en la cuarta audiencia de seguimiento.

 

“Proceso 9581, Fiscalía 102 delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, asumió la investigación el 26 de junio de 2019, por el punible de homicidio agravado, registrando como víctimas los señores Nilson Alfonso Tirado Chávez y Jonatan José Aldana Parada y como investigados José Antonio Hernández Villamizar, Yesid Humberto Santiago y Nelson Galvis Rojas, encontrándose suspendida para el primero de los mencionados y archivada para los otros dos"

 

Respecto de esta investigación, la Fiscal 102 Especializado de Cúcuta, señaló que se profirió Resolución de calificación con preclusión para Yesid Humberto Santiago, suspendida para José Antonio Hernández Villamizar y precluida para Yesid Humberto Santiago, patrullero de la Policía Nacional. Precisó que surgió la compulsa de copias No. 012881 de diciembre 27 de 2002, a los terceros Agente de la Policía Nacional Galvis, Cabo Laverde de la Policía Nacional y alias pipelon desconocido, también se menciona a Carlos Reinel Gelves Rodríguez, con relación a ellos y en la próxima oportunidad se tendrá información, porque el informe de la compulsa no aparece en el proceso. El Despacho indicó que en la próxima audiencia se presenten los avances.

 

“Proceso 9607, Fiscalía 102 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, asumió la investigación el 30 de septiembre de 2013, por la conducta delictual de homicidio en persona protegida, registrando como víctimas John Jairo Morales Durango y Samuel Castillo Chinchilla y registrando como denunciados a Héctor Fabio Benítez Ramírez, SS Michel Ángelo Barbosa Rivera, SS Nelson Oviedo Pamo, C2 Andrés Felipe Betancourt González, SLV Pedro José Cabezas Mantilla, SLP Medardo Ríos Díaz, SLP Pedro Antonio Hernández Macías y Carlos Alberto Garnica Rueda. La situación jurídica de cada uno de los investigados y/ o procesados varia."

 

Sobre este proceso, la Fiscal 102 Especializado de Cúcuta, señaló que se adelanta en la Fiscalía 102 de DDHH de Cúcuta, con relación al postulado Noe Jiménez Ortiz, tercero se le suspendió la investigación el 19 de febrero de 2016, Héctor Fabio Benítez Ramírez, figura como tercero, es un Sargento Primero del Ejército Nacional al momento de definir la situación jurídica el 2 de noviembre de 2016, precisando que el Despacho se abstuvo de hacerlo, con respecto al Sargento Michael Ángelo Barbosa, se le profirió Resolución de acusación del 23 de febrero de 2017, a RAUL PRADA LAMOS, se le profirió Resolución de acusación con fecha 27 de septiembre de 2016, acusado ALBERTO DURAN BLANCO integrante de las AUC, Resolución de acusación 27 de septiembre de 2016, en igual sentido, al Sargento primero del Ejército Nacional Héctor Fabio Benítez Ramírez, Noé Jiménez es integrante del Bloque, Nelson Oviedo Pamju terceros militares, en estos casos se acogió la mayoría a la JEP, Esneyder Issa Reyes miembro de las AUC, suspendida la investigación 19 de febrero de 2016, Pedro Antonio Hernández Macías, soldado del Ejército

Nacional con acusación del 23 de febrero de 2017, indicando, que se verificará si se compulsaron o no las copias disciplinarias y se informará al delegado del Ministerio Público en la próxima audiencia de seguimiento.

 

“Proceso 9724, Fiscalía 90 delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, por la conducta de homicidio agravado registrando como víctima María Helena Gómez Naranjo, y teniendo como denunciados a Octavio Pérez Sánchez, Oswaldo Pérez Sánchez, Jaime Hernández Galeano, Roberto Prada Delgado y Luis Felipe García Velandia. Estado actual de la investigación se encuentra en diferentes etapas acorde con cada investigado."

 

Respecto de este radicado, la Fiscal 102 Especializado de Cúcuta, indicó que se adelanta en la Fiscalía 90 Especializada de Bucaramanga, esta como tercero Octavio Pérez Sánchez, Concejal de San Alberto, frente a la compulsa de copias se establecerá si se emitió pues el oficio no está en el proceso, de igual manera está la versión de Luis Felipe García del 4 de diciembre de 2013, remitida por la Fiscalía 34 de Bucaramanga, se le ha dado tramite a la compulsa y ordenó vincular a algunas personas, precisando que se informaría al delegado del Ministerio Publico y en la próxima audiencia se daría cuenta de los avances.

 

“Proceso 9725, Fiscalía 90 delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, por el delito de homicidio registrando como victimas lo señores Otoniel Cañizares Jácome, Segundo Enrique Vásquez Orjuela y Luis José (no registra apellidos), siendo denunciados Alfredo Ballena, Manuel Alfredo Rincón, Alfonso Moya Molina, Jorge Eliecer Rojas Flórez, Edilson Ladino Barbosa, Jesús Oliver Téllez Pérez, Pedro Celestino Colorado Peña. La situación jurídica actual de los denunciados varía."

 

Respecto de este proceso, la Fiscal 102 Especializado de Cúcuta, señaló que se adelanta en la Fiscalía 90 de Bucaramanga, se relaciona como tercero al alcalde Pelaya Jorge Eliecer Rojas Flórez, está en cierre de investigación en notificación, también el Agente de Policía Nacional Edison Ladino Barbosa, se le definió situación jurídica sin conocer la decisión, Jesús Olivar Téllez Pérez, sub oficial de la Policía Nacional, se libró comunicación para vincularlo el 8 de marzo de 2021, Pedro Celestino Cornado Peña, Agente de la Policía Nacional, tiene preclusión por muerte, el 11 de junio de 2014, señalando que se informaría al delegado del Ministerio Publico e informando los avances en la próxima audiencia.

 

“Proceso 10237, Fiscalía 102 delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, asumió la investigación el 4 de abril de 2021, por la conducta delictual de homicidio, registrando como víctima Guido Alexander Moreno Durán alias “El Flaco" integrante del grupo Héctor Julio Peinado Cabrera y registrando como denunciados José Antonio Hernández Villamizar y otros, la situación jurídica de cada uno de los investigados y/ o procesados varia."

 

Sobre el particular, la Fiscal 102 Especializado de Cúcuta, indicó que se adelanta en la Fiscalía 102 de DDHH, terceros José Diomedes Peña Barrera, miembro del Ejército Nacional, el oficio de la compulsa de copias se ha solicitado a la justicia transicional, cuando se allegue se tomaran las decisiones del caso, el cual corresponde al oficio 170965 del 13 diciembre de 2010, cuan se reciba se establecerá si se emitieron las copias pertinentes y se informará el avance en la próxima audiencia.

 

“Proceso 9580, Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos, resolución el 11 de septiembre de 2018, en la cual se decreta la extinción de la acción penal a favor del Mayor Lázaro Vergel, en su calidad de comandante del Batallón Santander de Ocaña, y el cabo Uribe de la Policía Nacional, por haber permitido el ingreso de los grupos paramilitares (AUC), pertenecientes al Frente Héctor Julio Peinado Becerra a los municipios de Ocaña y Abrego Norte de Santander."

 

Respecto de este radicado, la Fiscal 102 Especializado de Cúcuta, tiene preclusión por prescripción respecto de Jorge Alberto Lázaro Vergel Mayor del Ejército, del 18 de septiembre de 2018. La directora de la audiencia le solicita revisar ese caso como quiera que puede tratarse de conductas imprescriptibles.

 

Continua la delegada Fiscal, indicando que Roberto Prada Delgado, tercero no vinculado, se le precluyó por prescripción, por concierto para delinquir, Uribe Cabo de la Policía se adoptó la misma decisión, John Jairo Milford, tercero capitán ejecutoria de la prescripción el 18 de septiembre de 2018, cobijado por la misma decisión, se encuentra el Teniente Coronel comándate Guillermo Moncaleano Arciniegas, se le precluyó por prescripción el día 11 de septiembre de 2018, Jorge Alberto Lázaro, Teniente Coronel lo cobijó la preclusión el 11 de septiembre de 2018 ya ejecutoria, para Carlos Alberto San Juan García, tercero también está ejecutoriada la preclusión el 1o de diciembre de 2020, con la misma decisión ejecutoriada, en esa fecha Carlos Alberto San Juan García, alias Cucurucho, alias Mora, Metra, a SILVIO VERGEL ex alcalde de Abrego, Giovanni Peñaranda y sin nombre el comandante de Policía de Abrego, se prescribe por transcurrir 21 años a la fecha de la compulsa de copias. El Despacho igualmente, solicita se revise si las conductas eran imprescriptibles. Frente a la compulsa de copias, se establecerá si se emitió informando avance en la cuarta audiencia de seguimiento.

 

“Proceso 10062, Fiscalía 77 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, por los delitos de homicidio en persona protegida y concierto para delinquir, siendo víctimas Juan Carlos Gómez Díaz y Oscar Guerrero Gómez, procesados Juan Francisco Prada Márquez Alias Juancho Prada en calidad de autor mediato y Fredy Contreras Estévez Alias Beto se encuentra pendiente por vincular. En etapa de instrucción, juicio y condena."

 

Con relación a este radicado, la Fiscal 102 Especializada de Cúcuta, señaló que lo adelanta la Fiscalía 77 de DDHH, con Resolución del 8 de junio de 2021, se impuso medida de aseguramiento a los procesados Ángel Miguel Pinto Méndez y Oscar Pardo Melo, avance en la cuarta audiencia de seguimiento.

 

Finalmente, se concedió el uso de la palabra la doctora SANDRA YANETH RUBIANO, Fiscal Segunda actuando en apoyo para la delegada para la Seguridad Ciudadana, quien indicó que hay investigaciones en varias seccionales, de la siguiente manera:

 

En el departamento del Cesar, el Radicado No. 198520, con preclusión y archivo de las diligencias respecto de William Moreno Claro, el día 15 de noviembre de 2013; Radicado No 197905, profirió la preclusión y archivo del 15 de noviembre de 2013, exalcaldesa de San Martin; Radicado No. 197644, fueron remitidas las diligencias el 19 de enero de este año a la dirección Seccional del Magdalena medio por considerar que era la fiscalía competente atendiendo el lugar de ocurrencia de los hechos; Radicado No. 197903, preclusión del 24 de noviembre de 2016; Radicado No. 199194, preclusión del 9 de octubre de 2019; Radicado No. 203814, preclusión del 6 de septiembre de 2019; Radicado No. 197902, preclusión del 19 de noviembre 2019; Radicado No. 127899, preclusión del 9 de octubre 2019; Radicado No. 197900, la Fiscal 5a Especializada de Cesar manifiesta que es por concierto para delinquir agravado contra Diosa Ramírez y manifiesta la preclusión, respecto de DIOSA RAMIREZ, desde el 30 de octubre de 2020; Radicado No. 198521, inhibitorio 2 de diciembre de 2010; Radicado No. 197901, inhibitorio 19 de marzo de 2010; Radicado No. 198523, cierre de la instrucción calificado por el Fiscal 8 Especializado el 11 de octubre de 2018, con

preclusión no tiene informe sobre delitos; Radicado No. 199194, preclusión 9 de octubre de 2019; Radicado No. 206808, Fiscalía 5a Especializada por homicidio en persona protegida y concierto para delinquir agravado, se remitió a la seccional de Magdalena Medio por competencia, dos preclusiones por muerte de unos indiciados, continua contra el teniente Padilla; Radicado No. 207105, Fiscalía 5a Especializada contra Rafael Emilio Ramírez Hernández, Manuel Alfredo Rincón, Jorge Alberto Lizarazo, por el delito de concierto para delinquir y homicidio en persona protegida, en previa, la compulsa de copias se hizo de 10 marzo de 2012, señala que remitió las diligencias a la seccional Magdalena Medio; Radicado No. 194582, se apertura en 2008, asignado a la Fiscalía 5a Especializada quien lo

remitió a la Dirección Seccional del Magdalena Medio en 2013, tuvo apertura de instrucción en 2018, contra José Alfredo Duarte Cárdenas, Alberto Peinado Acuña, Arnulfo Quiñonez Cuadros Y Feliz Albear Pava, por homicidio en persona protegida y concierto para delinquir, se requiere saber si son miembros de la fuerza púbica o terceros; Radicado No. 203869 y 210297, en etapa de instrucción por la Fiscalía 5 Especializada, orden de práctica pruebas; Radicado No. 210429, Fiscalía 5a Especializada, en previa, por homicidio en persona protegida, concierto para delinquir agravado, indiciado Luis Orina Quintero Ballesteros, comerciante, Rafael Antonio Rojas Cáceres, comerciante, Lilian Patricia Rojano Polo, auditor médico, miembros de la estructura paramilitar Carlos José Sarmiento Torres, Fredy Joel Jaime, Junior Alexander Corredor Garzón, Raúl Prada Lemus, indicó que este proceso se recibe por compulsa de copias el 12 de marzo de 2015, se resolvió situación jurídica a Luis Dorian Quintero Ballesteros, Rafael Antonio Rojas Cáceres, Liliana Patricia Rojano Polo, absteniéndose de imponer medida de aseguramiento, este proceso fue remitido a la Seccional Magdalena Media el 19 de enero de 2022; Radicado No. 207472, inhibitoria del 28 de octubre de 2019.

 

Indicó que en el Departamento de Santander hay 12 procesos, de igual manera hay otras en las seccionales de Magdalena Medio, Norte de Santander y Medellín.

La Directora de la audiencia, dispuso que como quiera que la mayoría de investigaciones están precluidas o con inhibitorios, se solicitó ampliar la información aportada, precisando a qué obedecen las compulsas de copias, la causal de preclusión y respecto de qué personas, calidades de las mismas, los delitos indicándose sí son imprescriptibles de la acción penal tratándose de delitos de lesa humanidad, comprometiéndose la delegada Fiscal 2a Especializada en suministrar la información de esta manera en los proceso de cursan en las seccionales de Santander, Magdalena Medio, Norte de Santander y Medellín.

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