41. Ordenar a la Fiscalía General de la Nación Al esclarecimiento de las circunstancias en la que se cometieron los homicidios de los señores Onerge Ovallos Delgado y Said León Ascanio (Hechos 20 y 21), los cuales deberán ser llevados en otro proceso de Justicia y Paz a efectos de imputación de verdad y eventualmente reparar a las víctimas, como el que en la actualidad se está tramitando en este Tribunal en el Despacho de la Doctora Alexandra Valencia Molina, con el radicado número 2015-00072, en contra de Juan Francisco Prada Márquez. Hechos Compulsas de Copias penales Homicidio de Onerge Ovallos, ocurrida el 11 de julio de 2004 en el mercado público de Ocaña, porque le debía dinero a la organización y al parecer también trabajaba para la subversión. Homicidio de Said León Ascanio, ocurrido en iguales condiciones y por las mismas causas (fecha indeterminada). Investigado(s) Calidad: Miembro de la Fuerza Pública, servidor público, particular. Alias ""Orlando"" (Particular), Alias ""Andrés Gallardo (Particular) Luis Carlos Jiménez Pacheco alias ""Julián"" (Particular) Jesus Antonio Criado Alveira (particular) | Acta 21 de mayo de 2018 El Fiscal IVAN AUGUSTO GOMEZ CELIS manifestó que en relación al Exhorto N° 41, el 27 de marzo de 2015 se presentó un escrito de formulación de cargos, posteriormente se hizo audiencia concentrada realizada entre el 4 de abril y el 2 de septiembre de 2016, en igual sentido se tramitó el incidente de reparación que terminó el 12 de mayo de 2017, en esa audiencia se presentó y se solicitó la legalización de cargos por los delitos de homicidio de los señores ONERGE OVALLOS DELGADO Y SAID LEÓN ASCANIO hechos 459 y 460 respectivamente, por estos hechos se solicitó la imputación, legalización y sentencia condenatoria de JUAN FRANCISCO PRADA MÁRQUEZ, así mismo en el exhorto N° 42, ordena que se investigue el hecho del delito de Tortura en Persona Protegida ONEIDA CONTRERAS MONTEJO, este hecho se legalizó bajo el N° 327 en la audiencia anteriormente citada y se le formularon cargos a JUAN FRANCISCO PRADA MARQUEZ, ALFREDO AGRACIA TARAZONA y FREDY RAMIRO PEDRAZA GÓMEZ, es decir, a los exhortos ordenados en la presente sentencia ya se les dio cumplimiento y se encuentran pendiente de fallo condenatorio en contra de los miembros del bloque El Despacho dio por cumplidos los exhortos ordenados en los numerales 41° y 42° a cargo de la Fiscalía General de la Nación, toda vez que no hubo objeción alguna. |
42. Ordenar a la Fiscalía General de la Nación, Investigar la posible comisión del delito de tortura, en contra de Oneida Contreras Montejo (Hecho 9), conforme a lo dispuesto en la parte motiva de esta decisión. Hechos Compulsas de Copias penales Posible comisión del delito de tortura de que fue víctima Oneida Contreras Montejo, bajo la modalidad de "pileta tomando agua", hecho ocurrido el 18 de mayo de 2003 en la finca "Los Curíes", zona rural de Ocaña. Investigado(s) Calidad: Miembro de la Fuerza Pública, servidor público, particular. Fredy Ramiro Pedraza a. “Chicote" (Particular) |
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