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¿QUÉ ES EL ITA?
INTRODUCCIÓN
Con la expedición de la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”, se regula el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información.
Para dar cumplimiento al literal i) del artículo 23 de la Ley 1712 de 2014, que ordena al Ministerio Público, en cabeza de la Procuraduría General de la Nación, establecer una metodología para que cumpla sus funciones y atribuciones, se creó un sistema de información tipo formulario que permite medir el nivel de cumplimiento de la Ley por parte de cada sujeto obligado y que generará, con la información registrada, el indicador denominado Índice de Transparencia y Acceso a la Información - ITA -.
ANTECEDENTES
La Procuraduría General de la Nación contó con el respaldo de la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas -FIIAPP. A partir de este apoyo la Procuraduría creó un sistema de información hecho a la medida que permite el registro, seguimiento, monitoreo y generación del Índice de Transparencia y Acceso a la Información –ITA, teniendo como principio la información de la “Matriz vigilancia del cumplimiento normativo de la Ley 1712 de 2014” y demás normativas.
Mediante la Resolución 377 de 2022 se determina que le corresponde a la Procuraduría Delegada para la Moralidad y Transparencia Pública, el ejercicio funcional de vigilancia y control respecto de los sujetos obligados y el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la “Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional”.
DEFINICIÓN DEL INDICADOR
Es un indicador sintético de pesos preestablecidos que se alimenta de un formulario de auto diligenciamiento, compuesto de una serie de preguntas agrupadas por Niveles, Secciones y Anexos, que a su vez se discriminan por las temáticas descritas en la Resolución 1519 de 2020 y los anexos 1, 2, 3 y 4 emitidas por MINTIC, las cuales describen el cumplimiento del sujeto frente a las obligaciones de Ley; por lo tanto, estas opciones establecen el nivel de observancia de cada pregunta agregada y que constituyen la Matriz de Cumplimiento de la Ley 1712 de 2014, diseñada por la Procuraduría General de la Nación. Según lo anterior, el cálculo del indicador se genera a partir del porcentaje de cumplimiento que resulta del auto diligenciamiento del formulario por parte de los sujetos obligados. Este indicador sintético se establece en una escala ordinal de 0 a 100 puntos, donde a mayor valor se obtenga, mayor será el nivel de cumplimiento de la Ley.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE EL APLICATIVO ITA Y LA MATRIZ DE CUMPLIMIENTO?
A diferencia del aplicativo ITA –del cual se genera una calificación sobre el grado de cumplimiento normativo por parte de los sujetos obligados de la Ley de Transparencia-, la matriz de cumplimiento normativo de la Ley 1712 de 2014, es una herramienta en formato Excel que, a manera de lista de chequeo, sintetiza todos los ítems/preguntas que los sujetos deben examinar o tener en cuenta para efectivamente cumplir con la norma. Así mismo, dicha herramienta auxiliar es el insumo con el que se da estructura al formulario de preguntas del aplicativo ITA.
ESTRUCTURA DE LA MATRIZ DE CUMPLIMIENTO
La Matriz ITA está desarrollada con base en lo dispuesto en la Resolución 1519 de 2020 emitida por MINTIC, de la siguiente manera: Anexos, Niveles, Subniveles y preguntas.
Así mismo, quedó establecida un solo tipo de matriz de cumplimiento para los tres tipos de sujetos obligados, así:
1. Sujetos Obligados Tradicionales: Toda entidad pública, incluyendo las pertenecientes a todas las Ramas del Poder Público, en todos los niveles de la estructura estatal, central o descentralizada por servicios o territorialmente, en los órdenes nacional, departamental, municipal y distrital. Los órganos, organismos y entidades estatales independientes o autónomos y de control (literales a) y b) del artículo 5 de la Ley 1712 de 2014).
2. Sujetos Obligados No Tradicionales: Toda persona natural o jurídica privada que desempeñe o preste función pública, servicio público, gestione recursos públicos o instituciones parafiscales (literales c), d) y g) del artículo 5 de la Ley 1712 de 2014).
3. Sujetos Obligados Partidos Políticos: Los partidos o movimientos políticos y los grupos significativos de ciudadanos (literal f) del artículo 5 de la Ley 1712 de 2014).
NOTA: De acuerdo con lo ordenado por la Resolución 1519 de 2020, anexo No. 2, “Cada sujeto obligado debe verificar que obligaciones de divulgación de información que debe cumplir conforme con la normativa que le aplique, y publicarla en la respectiva menú o sección. En caso que el sujeto obligado encuentre una excepción de publicación de información, conforme con la normativa que le aplique, es importante que se mencione expresamente las razones jurídicas por las cuáles no debe publicar la información, y es necesario informarlo en la sección correspondiente del menú de transparencia y acceso a la información”.
TENER EN CUENTA LO SIGUIENTE
1. El Índice de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITA) de la Procuraduría General de la Nación mide exclusivamente el grado de cumplimiento de las obligaciones de publicar o Transparentizar su información derivadas de la Ley 1712 de 2014, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
2. Los resultados del
indicador ITA no hacen parte de ningún ranking, pues son una medición individual del grado de cumplimiento de las obligaciones de la Ley por cada sujeto obligado. Todas las entidades públicas y los particulares que presten función pública o servicio público deberían obtener el puntaje máximo del indicador (100 puntos), pues la ley debe cumplirse en su totalidad.
3. El reporte de cumplimiento con el que usted contará tras realizar el diligenciamiento de la matriz ITA es el resultado de su autoevaluación, y no una valoración del nivel de Transparencia por parte de la Procuraduría General de la Nación, resultado susceptible de auditoría.
DOCUMENTOS ASOCIADOS
Se aclara que, las matrices correspondientes a las vigencias 2019-2020, adjuntas en el cuadro inmediatamente anterior, son informativas y se constituyen como memoria institucional, por lo cual solo se encuentra vigente la “Matriz vigilancia del cumplimiento normativo de la Ley 1712 de 2014 - Versión 2021”.
A continuación, se encuentran algunos documentos de consulta, que sirven de guía para el entendimiento del aplicativo ITA:
| Archivo | Formato | Idioma | Versión | Elaborado por |
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Documentación: |
Instructivo matriz ITA
| (.pdf)
| Español
| 2022
| Procuraduría Delegada para la Moralidad y la Transparencia Pública
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Manual de usuario
| (.pdf) | Español | 2018 | Procuraduría Delegada para la Moralidad y la Transparencia Pública |
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Preguntas frecuentes | (.pdf) | Español | 2020 | Procuraduría Delegada para la Moralidad y la Transparencia Pública |
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Material de Apoyo:
A continuación se presentan tres videos en los cuales se explica cómo realizar el registro en el sistema ITA, cómo diligenciar la matriz de cumplimiento en el mismo sistema y la capacitación realizada en las instalaciones de la Procuraduría General de la Nación.
¿Cómo acceder al Sistema ITA y cómo hacer el Login de Ingreso al Aplicativo ?
¿Cómo registrarse en la plataforma ITA de la Procuraduría?
¿Cómo operar la funcionalidad de Formulario para el diligenciamiento de la Matriz ITA ?
Para cualquier duda o inquietud favor escribir al correo electrónico:
soporteita@procuraduria.gov.co
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