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Resolucion-366-de-2007

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 7 y 41 del articulo 7º del Decreto Ley 262 de 2000, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que la Ley 872 de 2003 creó el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios.

 

Que el artículo 2o de la mencionada Ley estableció que el sistema de gestión de la calidad se desarrollará y se pondrá en funcionamiento en forma obligatoria en los organismos y entidades del Sector Central y del Sector Descentralizado por servicios de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden Nacional, y en la gestión administrativa necesaria para el desarrollo de las funciones propias de las demás ramas del Poder Público en el orden nacional. Así mismo en las Corporaciones Autónomas Regionales, las entidades que conforman el Sistema de Seguridad Social Integral de acuerdo con lo definido en la Ley 100 de 1993, y de modo general, en las empresas y entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios y no domiciliarios de naturaleza pública o las privadas concesionarios del Estado.

 

Que la Procuraduría General de la Nación es un órgano de control, autónomo e independiente respecto de las tres ramas del poder público.

 

Que el Decreto 4110 de 2004 reglamentó la Ley 872 de 2003 y adoptó la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000.

 

Que el Decreto 1599 de 2005 adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005.

 

Que el anexo técnico del Decreto 1599 de 2005 estableció que el Sistema de Control Interno es complementario con el Sistema de Gestión de la Calidad, por lo cual la implementación de este último fortalecerá el Sistema de Control Interno.

 

Que mediante la Resolución número 107 de 2005 se creó el Sistema de Gestión de Calidad para la Procuraduría General de la Nación.

 

Que mediante Resolución 228 de 2006 se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005 y se reglamentó el control interno en la Procuraduría General de la Nación.

 

Que mediante la Resolución número 215 de 2007 se modificó la reglamentación del Sistema de Gestión de Calidad en la Procuraduría General de la Nación establecida inicialmente en la Resolución 190 de 2006 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que la Procuraduría General de la Nación cuenta con una misión, una visión, unos principios, unos valores y unos objetivos estratégicos orientados a sus usuarios, cuyo logro se pretende alcanzar a través de una gestión eficiente, eficaz y efectiva.

                                                                                                       

Que dentro del plan estratégico 2004 – 2008 de la Procuraduría General de la Nación se incluyó la perspectiva “procesos internos”, con cinco objetivos estratégicos orientados a la gestión por procesos.

 

Que dentro del plan estratégico 2004 – 2008 de la Procuraduría General de la Nación se incluyó la perspectiva “aprendizaje, tecnología y crecimiento”, con cinco objetivos estratégicos orientados al mejoramiento de la gestión institucional.

 

Que para el logro de sus lineamientos estratégicos la Procuraduría General de la Nación requiere contar con un sistema de gestión de calidad que haga posible la optimización oportuna y continuada de los procesos y procedimientos al interior de la entidad y la utilización racional de los recursos humanos, materiales y financieros con que cuenta.

 

Que para lograr coherencia con las demás entidades del estado se considera pertinente adoptar el sistema de gestión de la calidad bajo los parámetros establecidos en la norma técnica de calidad para la gestión pública NTCGP 1000:2004.

 

Que se considera conveniente unificar las Resoluciones 107 de 2005 y 215 de 2007, expedidas por la Procuraduría General de la Nación, en un solo acto administrativo que contenga la reglamentación interna vigente para el sistema de gestión de la calidad en la entidad.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

 

RESUELVE:

 

 

ARTICULO 1º. Creación del Sistema de Gestión de la Calidad. Créase el Sistema de Gestión de la Calidad en la Procuraduría General de la Nación, en adelante SGC, como una herramienta de gestión sistemática y transparente encaminada a permitir y facilitar la dirección y la evaluación del desempeño de la Entidad, en términos de calidad y satisfacción en la prestación de los servicios y el desarrollo de las actividades que constitucional y legalmente le competen. El Sistema de Gestión de la Calidad adoptado en la Procuraduría General de la Nación está enfocado hacia los diferentes procesos y procedimientos establecidos por la Entidad, y apunta a la satisfacción plena de las expectativas y necesidades de los usuarios y se desarrollará conforme a los parámetros establecidos por la norma técnica de calidad para la gestión pública NTCGP 1000:2004.

 

ARTICULO 2º. Obligación. El Sistema de Gestión de la Calidad a que se refiere la presente resolución se desarrollará y pondrá en funcionamiento en todas las dependencias del nivel central, regional y provincial de la Procuraduría General de la Nación, de acuerdo con el plan de trabajo que para tal efecto se establezca, y será de obligatorio cumplimiento por parte de todos los funcionarios de la Entidad, a efectos de garantizar la satisfacción de las necesidades de los usuarios y la excelencia en los servicios a cargo de la entidad.

 

ARTICULO 3º. Alta Dirección para el Sistema de Gestión de la Calidad (SGC). Establézcase como máxima instancia del SGC al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno el cual fue creado por Resolución 228 de 2006.

 

ARTICULO 4º. Compromiso de la Alta Dirección. Asígnense las siguientes funciones al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno:

 

1.   Revisar periódicamente la Política y los Objetivos de Calidad de la Entidad para garantizar su continua adecuación.

2.   Gestionar el suministro de los recursos y mecanismos de comunicación necesarios para que cumpla con las actividades de implementación, mantenimiento y mejoramiento del SGC.

3. Realizar periódicamente la revisión del funcionamiento del SGC, según el procedimiento que se establezca para tal efecto.

4. Las demás que le asigne el Señor Viceprocurador y que correspondan al desarrollo del SGC, en su calidad de Presidente del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

 

ARTICULO 5º. Representante de la Dirección. Designar como Representante de la Dirección para el SGC al Jefe de la Oficina de Planeación, quien tendrá como funciones las siguientes:

 

1.      Coordinar la implementación, desarrollo y mejora continua del SGC en la Procuraduría General de la Nación.

2.      Informar al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno sobre el desempeño del SGC.

3.      Mantener informado al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno sobre las mejoras realizadas en el SGC.

4.      Diseñar mecanismos que permitan asegurar que los servidores comprendan la importancia de cumplir con los requisitos del usuario interno y externo.

5.      Representar a la entidad en asuntos relacionados con la calidad, ante organismos externos.

6.      Las demás que le asigne el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y que correspondan al desarrollo del SGC

 

ARTICULO 6º. Implementación del SGC. El Sistema de Gestión de Calidad en la Procuraduría General de la Nación se implementará en un lapso de cuatro años contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución. El plan detallado de trabajo para cada año deberá ser presentado por la Oficina de Planeación para aprobación del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno a más tardar el 30 de marzo de cada año.

 

ARTICULO 7º. Apoyo a la implementación del SGC. Todos los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación están obligados a prestar su apoyo al Representante de la Dirección para el SGC, en todo lo que éste demande de ellos y que tenga relación directa con la documentación, implementación, mantenimiento y mejora del SGC en la Entidad.

 

ARTICULO 8º Divulgación y capacitación. Las tareas de divulgación y capacitación relacionadas con el Sistema de Gestión de la Calidad estarán a cargo del Instituto de Estudios del Ministerio Público y de la Oficina de Planeación de la entidad, quienes de manera mancomunada coordinarán los cursos, seminarios y demás actividades a que haya lugar en torno al tema de la gestión de la calidad y el mejoramiento continuo de la Procuraduría General de la Nación.

 

ARTICULO 9º Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas aquellas disposiciones internas que le sean contrarias, especialmente las Resoluciones del Procurador General de la Nación números 107 de 2005 y 215 de 2007.

 

Dada en Bogotá, D.C. a los 20 de diciembre de 2007

 

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

 

 

 

 

 

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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