Instituto de estudios del ministerio público IEMP

Calendario de eventos

Mayo - 2013
Dom Lun Mar Mie Jue Vie Sab
18 28 29 30 1 2 3 4
18 5 6 7 8 9 10 11
19 12 13 14 15 16 17 18
20 19 20 21 22 23 24 25
21 26 27 28 29 30 31 1

<<

<

>

>>

  • Eventos institucionales
  • Audiencias públicas
  • Capacitaciones
  • Intervenciones del Procurador General
  • Conferencias de prensa
  • Otros

 

Registro de noticias

Sistema de Información misional - SIM

 Salud sexual y reproductiva

Informe de gestión

Registro de usuarios

Nombre de Usuario:
Contraseña:

Visitas desde 22-Junio-2011

  • Imagen Decorativa de una personaHoy: 99
  • Imagen Decorativa de un calendarioEste mes: 91162
  • Imagen Decorativa de un grupo de personasTotal: 7674070
Inicio / Info Institucional / Historia / La Constitución Política de 1991 / imprimir pagina

A

A

A

Actualidad y noticias

La Constitución Política de 1991


 

La Constitución Política de 1991

La nueva Carta define de manera inequívoca el nuevo carácter del Ministerio Público: órgano autónomo frente a las demás ramas del Estado; y asigna al Procurador General de la Nación su suprema dirección —artículo 275.

En cuanto a su composición, se suprimen los fiscales de tribunales superiores de distrito y los demás fiscales de juzgados que contemplaba el artículo 144 de la Carta anterior; en su reemplazo, se instituyen los procuradores delegados y agentes del Ministerio Público para ejercer la función de control sobre la conducta de todos los servidores públicos —incluidos los de elección popular—, a fin de salvaguardar el imperio del Derecho, la eficacia del orden jurídico, los derechos humanos y los intereses de la sociedad.

Además, se vincula a los personeros municipales al organigrama del Ministerio Público; y se crea, como parte integrante del mismo, un nuevo órgano, la Defensoría del Pueblo, institución tutelar de los derechos humanos.

Aspecto destacable en la nueva concepción del Ministerio Público lo constituye el poder preferente disciplinario de la Procuraduría frente a otras agencias estatales, según lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 277. Es también relevante la función atribuida al Procurador General para exhortar al Congreso en lo atinente a la expedición de Leyes sobre derechos humanos, de acuerdo con el numeral 4 del artículo 278.

Los Fiscales entre 1821 y 1830 / La creación del Ministerio Público en 1830 / De 1832 a 1857 / De 1853 a 1945 / Las reformas de 1945 y 1947 / Las reformas de 1953 a 1974 / El Decreto Extraordinario 01 de 1984 / La Ley 4ª de 1990 / La Constitución Política de 1991 / La Ley 201 de 1995 / El Decreto 262 de 2000

 

    
 
martes, 10 mayo 2011 10:29 PM
Sistema de Atención al Ciudadano
Certificado de antecedentes Quejas y denuncias Consulta de asuntos disciplinarios Consulta de correspondencia radicada Consulta de reparto de conciliaciones Relatoría Biblioteca Directorio Sistema SIRI

Zona Multimedia

PROCURADOR GENERAL EN FORO SOBRE DIH Y DDHH EN NEIVA (HUILA)

CONMEMORACIÓN DEL DÍA NACIONAL DE LA FAMILIA EN LA PROCURADURÍA GENERAL

PROCURADOR GENERAL EN FORO 'DILEMAS DEL PROCESO DE PAZ'

PROCURADOR GENERAL EN DEBATE CÁMARA DE REPRESENTANTES

CELEBRACIÓN DEL DÍA DE LA FAMILIA EN LA PGN

CAPACITACIÓN A GRUPOS ÉTNICOS EN YOPAL (CASANARE)