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329-09

Por violar régimen de inhabilidades, destituido concejal de Uribia (Guajira)

 

Bogotá, 25 de junio de 2009. Con Destitución e inhabilidad por 10 años para desempeñar cargos públicos, fue sancionado el señor Roberto Carlos Andrioli González, quien en su condición de concejal del municipio de Uribia violó el régimen de inhabilidades.

El Ministerio Público encontró que durante el año inmediatamente anterior a su elección como concejal, el señor Andrioli González suscribió un contrato para la operación de cobro en los sistemas de caja recaudadora del hospital Nuestra Señora del Perpetuo Socorro de Uribia, situación que lo inhabilitaba para ejercer como concejal.

Al respecto la norma establece que la persona que “dentro del año anterior a la elección haya intervenido en celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito (…) ” no podrá ser inscrito como candidato ni elegido concejal municipal o distrital.

La Procuraduría Regional de La Guajira consideró que la conducta del concejal fue cometida con culpa gravísima, por lo cual se impuso como sanción la destitución e inhabilidad por general.

El sancionado no interpuso recurso de apelación, es decir que la decisión disciplinaria esta en firme.

 


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