Procuraduría se pronuncia sobre normas de carrera administrativa
Bogotá, viernes 8 de diciembre de 2006. La Procuraduría General de la Nación, pidió a la Corte Constitucional declarar inexequible el aparte que obliga a quienes conforman la lista de elegibles a ocupar cargos en el ministerio público a aceptar, de estar disponible, un grado inferior al cual aspiraron.
El artículo 216 del Decreto Ley 262 de 2000 señala en uno de sus apartes, << el nominador deberá utilizar las listas en estricto orden descendente, para proveer las vacantes que se presenten en este mismo empleo o en otros iguales, para los cuales se exijan los mismos requisitos, o en empleos de inferior jerarquía. En este último caso, la no aceptación del nombramiento no constituye causal para la exclusión de la lista de elegibles. >>
En concepto de la Procuraduría General de la Nación, las expresiones << en empleos de inferior jerarquía>> y <<que la no ocupación del nombramiento no constituye causal para la exclusión de la lista de elegibles>>, riñen con el principio de igualdad, pues el aspirante a un cargo determinado se vería avocado finalmente a ingresar a un empleo diferente en condiciones de inferioridad, lo cual vulnera a su vez, el derecho del concursante a un trabajo digno y justo.
De igual forma consideró, que la parte demandada de la norma no impone un límite al empleo de inferior jerarquía que puede ser provisto por el nominador, lo cual puede interpretarse como, <<quien concursó para un grado 22 puede verse obligado a aceptar un grado 11, pues la norma no indica que el cargo de menor jerarquía sea el inmediatamente siguiente.>>
La prohibición que tiene la Procuraduría General de la Nación de excluir de las listas de elegibles a quienes no acepten el nombramiento que se les haga, impide garantizar la eficiencia de la administración pública, razón por la cual solicita su inexequibilidad.
|