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Destituido concejal de Arauca

Bogotá, domingo 20 de noviembre de 2005. Por haberse posesionado como concejal, pese a existir en su contra una condena por el delito de incesto, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 16 años y 8 meses al señor Orlando Iván Carrillo, concejal del municipio de Arauca periodo 2003-2007.

El concejal, quien actualmente se encuentra suspendido provisionalmente de su cargo, violó el régimen de inhabilidades al posesionarse el 4 de noviembre de 2004 a pesar de haber sido condenado a pena privativa de la libertad mediante sentencia judicial proferida por Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Arauca.

La Procuraduría recordó que “quien haya sido condenado por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos” no puede ejercer cargos públicos, como ocurrió en este caso.

El Ministerio Público comprobó que el 6 de agosto de 2001 el señor Carrillo fue notificado de la decisión del Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Arauca, y en consecuencia a partir de esa fecha surgió la mencionada inhabilidad.

En ese sentido se puede concluir que el concejal actuó dolosamente teniendo en cuenta que éste conocía la existencia del fallo condenatorio que lo inhabilitaba para desempeñarse en dicho cargo.

Apelada la decisión de primera instancia por el apoderado del disciplinado la Procuraduría ordenó prolongar la medida preventiva de suspensión provisional por el término de tres meses más, mientras se resuelve el recurso de apelación.