Información institucional
Qué hacemos
La Procuraduría General de la Nación,
es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es
el máximo organismo del Ministerio Público,
conformado además por la Defensoría del Pueblo,
la Personería.
Conformada por 3.400 servidores, la Procuraduría
tiene autonomía administrativa, financiera y presupuestal
en los términos definidos por el Estatuto Orgánico
del Presupuesto Nacional. Es su obligación velar por el correcto ejercicio de las
funciones encomendadas en la Constitución y la Ley a servidores
públicos y lo hace a través de sus tres funciones
misionales principales:
La función preventiva
Considerada
la principal responsabilidad de la Procuraduría que esta
empeñada en “prevenir
antes que sancionar”, vigilar el actuar de los servidores
públicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio
de las normas vigentes, sin que ello implique coadministración
o intromisión en la gestión de las entidades estatales.
La función de intervención
En
su calidad de sujeto procesal la Procuraduría General
de la Nación
interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa,
Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones
penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia,
laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades
administrativas y de policía. Su facultad de intervención
no es facultativa sino imperativa y se desarrolla de forma selectiva
cuando el Procurador General de la Nación lo considere
necesario y cobra trascendencia siempre que se desarrolle en
defensa de los derechos y las garantías fundamentales.
La función disciplinaria
La Procuraduría
General de la Nación es la encargada de iniciar, adelantar
y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se
adelanten
contra los servidores públicos y contra los particulares
que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado,
de conformidad con lo establecido en el Código Único
Disciplinario ó Ley 734 de 2002. |